El Congreso del Estado de Puebla aprobó una reforma al Código Penal local que establece penas de hasta tres años de cárcel para quien incurra en conductas de “ciberasedio” a través de redes sociales u otros medios digitales. La nueva normativa fue respaldada por la mayoría legislativa y publicada en el boletín oficial número 454, con fecha del 12 de junio de 2025.
La iniciativa define el ciberasedio como el uso de tecnologías de información, plataformas digitales, correos electrónicos o cualquier espacio en línea para insultar, injuriar, ofender, agraviar o vejar a otra persona, de forma persistente, al punto de causar un daño físico o emocional. La sanción prevista incluye prisión de entre 11 meses y tres años, así como multas que oscilan entre cincuenta y trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.
En los casos en que la víctima sea menor de edad, la pena se incrementará proporcionalmente: desde una tercera parte de la mínima hasta dos terceras partes de la máxima. Esta medida busca fortalecer la protección a menores en entornos digitales, donde las agresiones se han vuelto recurrentes.
Durante la sesión legislativa, la diputada Laura Artemisa García Chávez, presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, señaló que esta reforma está alineada con la defensa de los derechos ciudadanos y busca garantizar la seguridad e integridad de la población. La legisladora, perteneciente al partido Morena, insistió en que la modificación responde a una creciente preocupación social sobre la violencia digital.
En contraste, organizaciones defensoras de la libertad de expresión, como Artículo 19 y la Red de Periodistas de Puebla, expresaron su oposición a la reforma. En un pronunciamiento conjunto, advirtieron que la redacción de la ley carece de precisión jurídica y podría ser empleada de manera discrecional para silenciar voces críticas, especialmente las de periodistas y medios de comunicación.
El posicionamiento cita a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual ha establecido que la libertad de expresión no solo protege mensajes favorables o neutrales, sino también aquellos que puedan resultar chocantes, perturbadores o incluso ofensivos para determinados sectores del poder o la sociedad.
Además del ciberasedio, la reforma también incorporó disposiciones relacionadas con la usurpación de identidad y el espionaje digital, con el objetivo de ampliar la protección frente a delitos cometidos en entornos tecnológicos.
La aprobación de esta reforma marca un precedente legal en la regulación del comportamiento en internet dentro del estado de Puebla, en medio de un contexto nacional en el que se debate el equilibrio entre libertad de expresión y protección contra la violencia digital.