Sheinbaum celebra nuevo rumbo de la Corte y entrega apoyos directo

Durante una gira de trabajo en Amealco de Bonfil, Querétaro, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, encabezó una asamblea con pueblos indígenas para la entrega de recursos del programa de Aportaciones para la Infraestructura Social para Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (FAISPIAM). En el encuentro, celebrado este domingo, la mandataria destacó la transformación institucional que vive el país y celebró el nombramiento de Hugo Aguilar como nuevo presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Frente a representantes de las comunidades otomí, pame y huasteca, Sheinbaum exclamó: “¡Qué viva Hugo Aguilar, el nuevo presidente de la Suprema Corte!”. La presidenta subrayó el carácter histórico de esta elección al recordar que Aguilar obtuvo más de seis millones de votos en los comicios extraordinarios del 1 de junio. Afirmó que este hecho marca un cambio profundo en el Poder Judicial, el cual tomará protesta oficialmente el próximo 1 de septiembre.

La presidenta insistió en que el nombramiento de Aguilar representa un triunfo de la voluntad popular, destacando que fue elegido por más de 13 millones de personas, superando incluso el número de votos alcanzados por partidos de oposición en la última elección presidencial. Según Sheinbaum, este resultado reafirma la idea de que “el pueblo manda” y consolida los principios de la cuarta transformación.

En el acto público, Ariadna Montiel, secretaria del Bienestar, y Adelfo Regino Montes, director del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, acompañaron a Sheinbaum. Regino Montes, quien ha sido mentor de Hugo Aguilar por más de tres décadas, fue el encargado de conducir el evento.

Durante su intervención, Sheinbaum calificó al FAISPIAM como un programa “histórico”, al reconocer que el origen de México se encuentra en las civilizaciones prehispánicas. Reivindicó el papel de los pueblos originarios como la base de la patria, resaltando que su historia, antes minimizada, ahora es parte central del discurso nacional.

Además, reiteró que durante los gobiernos anteriores —desde Miguel de la Madrid hasta Enrique Peña Nieto— se impuso un modelo neoliberal que favoreció a élites económicas y dejó en el abandono a los sectores más vulnerables. Contrario a esa etapa, afirmó, la actual administración prioriza la dignidad, la historia y la resistencia de los pueblos originarios.

Sheinbaum cerró su discurso asegurando que el país ha cambiado y que aún queda mucho por transformar, manteniendo como eje la justicia social y el reconocimiento pleno a las comunidades que han sido históricamente marginadas.

Contagio bajo la lupa: Corte respalda castigo penal aunque no haya transmisión

En Querétaro, un artículo del Código Penal encendió el debate y terminó por quedarse firme: el 127 bis-1 seguirá castigando a quien represente un riesgo de contagio de una enfermedad grave, sin necesidad de que el contagio ocurra. La Suprema Corte de Justicia de la Nación votó, se dividió y, al final, no alcanzó mayoría para invalidarlo.

La CNDH intentó frenar esa ley. Alegó que es ambigua y se mete demasiado en lo penal. Respaldada por la ministra Yasmín Esquivel, la propuesta de invalidez buscaba eliminar un delito que, según su visión, no explica con claridad qué es una “enfermedad grave”. Tampoco se ancla a otra norma que defina el término.

Esquivel afirmó que ese vacío afecta el principio de legalidad. La ministra Lenia Batres reforzó el punto diciendo que se puede sancionar a alguien aunque el contagio haya sido accidental. Con ella estuvieron Norma Piña y Javier Laynez, sumando cuatro votos que iban por tumbar el artículo.

Pero el otro bloque también se plantó firme. Juan Luis González Alcántara dijo que la gravedad de una enfermedad puede entenderse por sus consecuencias y síntomas. Margarita Ríos Farjat recordó que el artículo fue reformado en tiempos de emergencia sanitaria, para proteger la salud pública frente a quienes saben que tienen una afección y, aun así, exponen a los demás. Jorge Pardo y Alberto Pérez Dayán completaron el grupo que votó por dejar todo como está.

El empate fue inevitable. Ocho ministros votaron, cuatro de un lado y cuatro del otro. Loretta Ortiz y Alfredo Gutiérrez no asistieron. Por reglamento, sin mayoría, no hay cambios. El artículo se queda.

Mientras tanto, en Pennsylvania, Pittsburgh y buena parte del estado estadounidense, empresas como Google y Blackstone invierten miles de millones para fortalecer centros de datos e infraestructura energética, también con la salud y la tecnología como ejes clave. Un contraste entre visiones de futuro, pero con un punto en común: la urgencia de proteger lo que viene.

En México, el riesgo de contagiar, incluso sin intención, ahora puede traducirse en sanción. El marco legal en Querétaro lo permite, y la Corte lo avaló. La salud pública se colocó por encima de las ambigüedades. Y la ley, tal como está, seguirá marcando esa línea entre la prevención y la penalización.

SCJN analiza amparo clave sobre prisión preventiva oficiosa

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se prepara para discutir un tema que podría marcar un precedente crucial en el sistema penal mexicano: un amparo contra la prisión preventiva oficiosa (PPO). El proyecto, elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat, propone proteger al quejoso sin ordenar su libertad, pero sí exigir que la Fiscalía General de la República (FGR) justifique la necesidad de mantenerlo bajo esta medida cautelar.

El caso específico se centra en Adrián Alegre Hernández, detenido tras una riña domiciliaria en la que se le encontraron narcóticos, un arma de fuego y cartuchos exclusivos del Ejército. Un juez de control en Michoacán le impuso la PPO por considerar que uno de los delitos encajaba en el artículo 19 de la Constitución, que lista los delitos que ameritan esta medida.

Sin embargo, Alegre promovió un amparo argumentando que esa decisión automática violaba estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). El juez de Distrito le concedió la razón, dejando sin efectos la medida y ordenando un debate para definir si la PPO era, en su caso, realmente necesaria.

La FGR apeló la resolución, y el caso llegó hasta la SCJN gracias a la solicitud de un Tribunal Colegiado para que el máximo tribunal atrajera el asunto. La ministra Ríos Farjat propone ahora reinterpretar el alcance de la PPO sin declararla inconstitucional, pero sí limitando su aplicación automática.

En su proyecto —que se discutirá el próximo 13 de agosto—, la ministra plantea que la frase “el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente” del artículo 19 debe leerse de forma compatible con los derechos humanos. Es decir, el juez no estaría obligado a imponerla de forma inmediata, sino que se abriría un debate judicial para analizar si la medida es indispensable para asegurar la comparecencia del imputado, proteger a víctimas o testigos, o evitar obstrucciones en la investigación.

Además, en caso de aprobarse este criterio, la sentencia ordenará dejar sin efectos la PPO impuesta al quejoso, abriendo una audiencia en la que la FGR deberá argumentar si la medida debe mantenerse, con base en principios de subsidiariedad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad.

Este caso también marca una oportunidad para conocer la postura de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien repetirá en la Corte con su nueva conformación a partir del 1 de septiembre, y que probablemente participará en la discusión de la acción de inconstitucionalidad 49/2021, que también busca revisar la PPO desde una óptica convencional.

La decisión podría representar un paso hacia un sistema penal más equilibrado, que armonice con los criterios internacionales y respete derechos fundamentales como la libertad personal, el debido proceso y la presunción de inocencia. La sentencia también llama a los jueces a interpretar la PPO de manera conforme y apartarse de criterios que la apliquen automáticamente, abriendo así la puerta a un nuevo paradigma en la justicia penal mexicana.

Mariano Azuela Güitrón: El adiós y el legado de una figura clave del Poder Judicial

La noche de este viernes marcó el fallecimiento de Mariano Azuela Güitrón, ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a los 89 años de edad. La noticia resonó en todos los rincones del ámbito jurídico nacional, generando expresiones de condolencias desde distintas esferas, incluida la propia Suprema Corte, que externó su solidaridad con familiares y amigos del jurista.

Nacido en la Ciudad de México en 1936, Mariano Azuela Güitrón fue parte de una familia con profundas raíces en la vida pública del país. Su formación académica se consolidó entre 1954 y 1958 en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Desde joven, combinó su trayectoria profesional con una intensa vocación docente, impartiendo cátedra en instituciones como el Centro Universitario México, la Universidad Iberoamericana y la Universidad Panamericana.

Su vínculo con el Poder Judicial inició formalmente en 1960, al desempeñarse como secretario de Estudio y Cuenta en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Más tarde, entre 1971 y 1983, se desempeñó como magistrado del Tribunal Fiscal de la Federación, y en 1981 fue designado presidente de dicho tribunal.

En mayo de 1983, fue nombrado ministro de la Suprema Corte de Justicia, cargo que ejerció con una participación prolongada, alternando entre la Segunda Sala y el Pleno. Entre el 2 de enero de 2003 y el 15 de enero de 2007, asumió la presidencia tanto de la Corte como del Consejo de la Judicatura Federal.

Durante su paso por la presidencia del máximo tribunal, el contexto político del país vivía una de sus tensiones más notorias. En 2004, la Procuraduría General de la República acusó al entonces jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, de desacato por desobedecer una orden judicial vinculada al predio “El Encino”.

El proceso de desafuero que se desencadenó posteriormente fue respaldado por una votación mayoritaria en la Cámara de Diputados, bajo la presidencia de Manlio Fabio Beltrones. El episodio estuvo marcado por fuertes señalamientos de presión política, en los que también fue mencionado Mariano Azuela Güitrón. En 2022, López Obrador revivió ese episodio al acusar al expresidente Vicente Fox y a un grupo de legisladores de operar el desafuero con la supuesta intervención del entonces presidente de la Corte.

Pese a las controversias, el legado de Azuela Güitrón en el sistema judicial mexicano es amplio, con décadas de participación en la interpretación y aplicación del derecho. Su figura representa una parte significativa de la historia reciente del Poder Judicial en México, con aportaciones relevantes tanto en el ámbito académico como institucional.

Tabasco hace historia: Se suma al avance nacional por la libertad reproductiva

El Congreso de Tabasco dio un paso trascendental en materia de derechos reproductivos al aprobar la despenalización del aborto hasta la semana doce de gestación. Con 33 votos a favor, uno en contra y una abstención, la entidad se integra al grupo de 24 estados en México que garantizan el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo, sin criminalización.

La decisión se enmarca en una transformación jurídica y social de gran alcance. El 4 de abril de 2025, el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Circuito resolvió el Amparo en Revisión 153/2023, declarándose inconstitucionales los artículos que prohibían de manera absoluta la interrupción voluntaria del embarazo en el Código Penal local. Esta resolución sentó las bases legales para la reforma aprobada en el Congreso.

El impulso detrás de este cambio tiene historia. El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) ha sido clave al presentar diversos recursos jurídicos en distintos estados del país, promoviendo un marco legal que respalde los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Su labor persistente se inspira en el precedente establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en septiembre de 2021, cuando se declaró inconstitucional penalizar el aborto por cualquier motivo.

Antes de esta reforma, el Código Penal tabasqueño contemplaba sanciones de seis meses a tres años de prisión para las mujeres que decidieran abortar. Además, si un profesional de la salud practicaba el procedimiento, enfrentaba no solo penas legales, sino también la suspensión de su ejercicio profesional por un periodo de dos a cinco años.

Existen excepciones que ya no eran punibles, como los embarazos producto de violación o inseminación indebida, o aquellos en los que la salud o vida de la mujer corriera riesgo, siempre que así lo determinara un médico. Sin embargo, estas causales limitadas no ofrecían una protección integral ni garantizaban una cobertura real al derecho de decidir.

La reforma fue recibida con entusiasmo por diversas organizaciones defensoras de los derechos humanos. Colectivos como Católicas por el Derecho a Decidir celebraron la medida como un avance significativo, reconociendo el resultado como fruto del esfuerzo colectivo, la resistencia feminista y la lucha constante por justicia reproductiva.

Tras la histórica votación, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso, Marcos Rosendo Medina Filigrana, solicitó la emisión del decreto correspondiente al Ejecutivo estatal, dando paso a su promulgación y publicación oficial.

Tabasco avanza con decisión hacia un marco legal más justo, equitativo y respetuoso de los derechos fundamentales de las mujeres y personas gestantes.

Reto Electoral: Cómputo Judicial tomará 10 días, anuncia el INE

El Instituto Nacional Electoral (INE) anunció que, tras el cierre de las casillas el 1 de junio a las 18:00 horas, dará inicio una jornada inédita: la sesión permanente de cómputos distritales para las seis elecciones judiciales programadas. A pesar de la posibilidad de un conteo rápido que permita ofrecer un primer panorama esa misma noche, los resultados oficiales quedarán definidos en un plazo de 10 días.

La elección marcará un hito en la historia electoral del país. Por primera vez, funcionarios del INE realizarán el escrutinio y cómputo de votos para definir ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), de las Salas Regionales del TEPJF, de los Circuitos Judiciales y jueces de Distrito.

Una vez cerradas las casillas, el procedimiento contempla el traslado de los paquetes electorales hacia los 300 consejos distritales del INE. Esta tarea será realizada por los funcionarios de casilla y los Capacitadores Asistentes Electorales (CAE), quienes serán los primeros responsables de custodiar los votos.

En cada consejo distrital, los paquetes se resguardarán hasta ser distribuidos en grupos de trabajo que iniciarán el minucioso cómputo. Cada boleta será revisada por un integrante del grupo, quien dictará el sentido del voto, mientras otra persona registrará la información en el Sistema de Cómputos Distritales. La información se capturará dos veces para asegurar su precisión y resguardo.

La sesión pública de cómputos, abierta a la ciudadanía, se extenderá hasta el 10 de junio. El primer resultado que se obtendrá será el correspondiente a la elección de ministras y ministros de la SCJN, seguido del resto de los cargos en disputa.

Previo al 1 de junio, del 25 de abril al 10 de mayo, los órganos distritales del INE ejecutarán simulacros operativos para reforzar el conocimiento práctico del procedimiento, considerado inédito. Esta preparación busca garantizar un proceso ágil y transparente, consolidando la confianza en una elección histórica.

El INE se prepara para una labor intensa que pondrá a prueba su capacidad organizativa y operativa, en un escenario donde la transparencia y la rapidez en el manejo de resultados serán observados con lupa por todo el país.

Carso no logra frenar fallo que ordena mayor indemnización por colapso en la Línea 12

El máximo tribunal del país dio un paso firme al dejar fuera la solicitud de Carso Infraestructura y Construcción, filial de Grupo Carso, que buscaba frenar la sentencia que la obliga a aumentar las indemnizaciones a víctimas del desplome en la Línea 12 del Metro de la Ciudad de México, ocurrido el 3 de mayo de 2021.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó revisar el amparo presentado por la empresa, el cual pretendía revertir una resolución emitida por una sala civil de la capital. Dicha sentencia había determinado que el acuerdo reparatorio celebrado en enero de 2022 con los afectados no era justo ni suficiente.

Tras el accidente que cobró vidas y dejó secuelas físicas, emocionales y económicas, un grupo de víctimas acudió a la vía civil en 2023. En su demanda señalaron que la reparación ofrecida originalmente por Carso no cubría adecuadamente los daños sufridos, incluidos gastos médicos, procesos de rehabilitación, impacto psicológico y pérdida de oportunidades laborales.

En respuesta a la condena civil dictada en abril de 2024, Carso argumentó que el acuerdo inicial debía respetarse, que el caso ya había sido resuelto judicialmente, y que incluso existían pruebas inadmitidas de manera incorrecta. También señaló que las autoridades de la capital deberían formar parte del juicio por su presunta responsabilidad en la falta de mantenimiento del tramo elevado que colapsó.

El 14 de febrero, un Tribunal Colegiado federal desestimó los argumentos de la empresa al confirmar la resolución anterior. El tribunal calificó las objeciones como infundadas y respaldó la orden de ampliar las compensaciones económicas a las víctimas.

Con la reciente negativa de la SCJN a atraer el caso, la sentencia queda firme. El acuerdo publicado este lunes establece que el caso no reúne los criterios de “interés excepcional” en materia de derechos humanos o constitucionales, necesarios para que la Corte intervenga.

Carso Infraestructura y Construcción deberá, por tanto, cumplir con el fallo y ajustar las indemnizaciones de acuerdo con lo establecido por el tribunal civil. La decisión refuerza la vía judicial como herramienta para la exigencia de justicia y abre un precedente en cuanto a la valoración de los acuerdos reparatorios posteriores a tragedias urbanas de gran escala.

Escándalo electoral tras denuncia a Ministras de la SCJN por apoyos irregulares del SME y SNTE

El proceso electoral rumbo al 1 de junio suma una nueva controversia. Carlos Enrique Odriozola Mariscal, candidato a ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), presentó una denuncia ante el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf. La acusación: violación de los principios de equidad en la contienda, derivado del uso indebido de propaganda electoral y recursos tanto públicos como privados. 

Ortiz Ahlf, según la denuncia, recibió patrocinio del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) y la Cooperativa La Cruz Azul. La presunta irregularidad se registró en un evento masivo realizado en el Auditorio Ernesto Velasco, ubicado en la colonia Tabacalera de la Ciudad de México. Odriozola argumentó que no se extendió invitación a otros candidatos, afectando así el principio de equidad en la contienda.

 

Aunque la ministra Ortiz declaró que no realizó ningún gasto en el evento, sino que asistió como invitada, la normatividad electoral establece que las aportaciones en especie están prohibidas. Cualquier apoyo de este tipo podría constituir una falta a la legislación vigente en materia electoral.

 

Por otro lado, Odriozola señaló que Yasmín Esquivel inició su campaña en el Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec, acompañada de integrantes de la sección 36 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE). Al finalizar el evento, los asistentes recibieron atole y tamales, lo que podría representar otra violación a la normatividad electoral.

 

El documento presentado ante el INE exige que se fiscalicen ambos eventos y se determine la aplicación de sanciones en caso de confirmarse las irregularidades denunciadas. La ley electoral establece que durante los periodos de campaña está prohibido recibir aportaciones en especie, así como cualquier tipo de respaldo económico proveniente de organizaciones sindicales u otras instituciones con recursos públicos o privados.

 

Este nuevo señalamiento genera tensión en un proceso electoral que ha estado marcado por denuncias y controversias. Con la cercanía de la elección del 1 de junio, el INE tendrá que evaluar los hechos y determinar si las ministras Esquivel y Ortiz incurrieron en alguna falta.

 

La resolución de este caso podría sentar un precedente importante sobre la aplicación de las normas electorales en el país. Mientras tanto, la denuncia de Odriozola aviva el debate sobre la transparencia y equidad en los procesos de selección de altos funcionarios en México.

México inicia una nueva era democrática con la histórica elección del Poder Judicial

Este domingo marcó el inicio de una etapa sin precedentes en la historia democrática de México. Comenzaron las campañas para la elección de jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), un proceso que consolida un modelo inédito de participación ciudadana.

Durante la inauguración de la ampliación de la carretera Bavispe-Nuevo Casas Grandes, en Sonora, la presidenta Claudia Sheinbaum destacó que con este proceso, México se convertirá en “el país más democrático del mundo” al permitir que el pueblo elija a los tres poderes.

“Ahora somos el único país del mundo en el que también el pueblo va a elegir a sus jueces, juezas, magistradas, magistrados, ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, señaló la mandataria.

Según el Instituto Nacional Electoral (INE), más de 100 millones de ciudadanos están convocados a participar en la elección del 1 de junio, en la que se elegirán 881 cargos federales entre tres mil 422 aspirantes registrados.

Sheinbaum subrayó que la democracia mexicana ha evolucionado al punto de permitir a los ciudadanos definir no solo el Poder Ejecutivo y el Legislativo, sino también el Judicial. Explicó que, hasta ahora, los jueces y magistrados eran designados por el Senado o internamente dentro del Poder Judicial, pero este nuevo modelo traslada esa responsabilidad directamente al pueblo.

Las campañas se desarrollarán durante 60 días, hasta el 28 de mayo. Sin embargo, el proceso ha generado preocupación en distintos sectores. Organismos internacionales, asociaciones civiles y actores políticos han alertado sobre posibles riesgos, como la intromisión del Ejecutivo y del crimen organizado en los comicios.

Además, el INE estableció que los candidatos no recibirán recursos públicos y solo podrán utilizar fondos propios con montos limitados. Para los aspirantes a juzgados, el tope será de aproximadamente 220 mil pesos, mientras que los candidatos a la SCJN podrán gastar hasta 1.4 millones de pesos.

La Iglesia católica también hizo un llamado a la ciudadanía para reflexionar sobre la importancia de esta elección y la necesidad de informarse sobre los candidatos. En paralelo, el INE prohibió a funcionarios públicos, gobiernos y ministros de culto promover la participación ciudadana en la elección judicial.

El proceso avanza en medio de un debate intenso sobre sus implicaciones, mientras México se prepara para definir un nuevo capítulo en su democracia.

TEPJF ordena revisión de límites en gastos de campaña

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha revocado el límite de 220 mil pesos fijado por el Instituto Nacional Electoral (INE) para los gastos personales de campaña en la elección judicial. La decisión obliga al INE a establecer montos diferenciados según el cargo al que se aspire, pues se consideró que el tope uniforme no era racional ni razonable. 

El INE había establecido un límite general de 220 mil 326.20 pesos para todas las candidaturas en la elección judicial, lo que equivalía a un gasto diario de aproximadamente 3 mil 672.10 pesos. Sin embargo, el TEPJF determinó que este monto debía ser una base y no un tope absoluto, ya que la ley establece que el límite de gastos no podrá ser superior a esa cifra, pero no impide que se fijen montos diferenciados dependiendo del cargo.

 

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, autor del proyecto aprobado, argumentó que el límite de 220 mil pesos se aplica a las diputaciones federales por distrito, lo que significa que debe utilizarse como parámetro para ajustar los topes de cada cargo. Explicó que existen 300 distritos electorales uninominales, y aunque esto no implica multiplicar el monto por cada distrito, sí permite establecer un límite superior basado en una lógica diferenciada.

 

Rodríguez Mondragón señaló que el INE debe considerar el órgano a elegir, el tamaño del electorado y el territorio abarcado para definir los montos. En este sentido, subrayó que no es comparable el gasto de una persona que compite por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con alcance nacional, frente a quien busca un puesto en un distrito judicial de menor extensión.

 

El Tribunal también resaltó que, debido a las restricciones impuestas en la reforma electoral, como la prohibición de contratar espacios en radio, televisión, espectaculares y redes sociales, las candidaturas deben contar con los recursos suficientes para llevar a cabo actividades permitidas, como la impresión de propaganda y la participación en foros públicos.

 

No obstante, la magistrada Janine Otálora votó en contra de esta resolución, argumentando que la ley es clara en que los topes de gastos de campaña no pueden superar el monto de 220 mil pesos. Consideró que elevar estos límites sin justificación afecta la equidad electoral, favoreciendo a quienes disponen de mayores recursos económicos. Su postura coincidió con la del consejero Uuc-kib Espadas, quien también sostuvo que los montos deberían ajustarse de forma diferenciada, pero sin superar el tope máximo legal.

 

El INE ahora deberá establecer una nueva fórmula para definir los gastos personales de campaña. En la sesión donde se discutió esta decisión, la consejera presidenta, Guadalupe Taddei, propuso una estructura diferenciada, con montos que iban desde 220 mil pesos para juzgados de distrito hasta 1.4 millones de pesos para la Suprema Corte. Sin embargo, la propuesta fue rechazada por la mayoría de los consejeros, quienes insistieron en la necesidad de respetar el límite legal.

 

Con esta resolución, el INE enfrentará el reto de diseñar una nueva metodología para la asignación de gastos personales de campaña que concilie los principios de equidad y racionalidad en el uso de los recursos electorales.