El Senado de la República aprobó la reforma al artículo 19 constitucional, ampliando el catálogo de delitos graves que ameritan prisión preventiva oficiosa, conocida también como “encarcelamiento automático”. Entre las nuevas conductas incluidas destacan la extorsión, el contrabando y los actos relacionados con el fentanilo y los comprobantes fiscales falsos. Esta medida cautelar, aplicada automáticamente por un juez, se utiliza en casos considerados graves.
Con 94 votos a favor de Morena y 34 en contra de la oposición, la reforma fue avalada y deberá ser ratificada por los congresos locales. Al tratarse de un cambio constitucional, se requiere la aprobación de al menos 17 estados.
Durante la discusión, los partidos de oposición manifestaron su preocupación por posibles violaciones a los derechos humanos. Marko Cortés, dirigente del PAN, subrayó que 70% de las personas encarceladas bajo esta medida resultaron inocentes, según sus datos: “El Estado destruyó sus vidas y las de sus familias. Si realmente quisieran combatir al crimen organizado, trabajarían en colaboración internacional para enfrentar a los delincuentes. Sin embargo, se han negado a tipificar el narcoterrorismo”, señaló.
Por otro lado, Andrea Chávez, legisladora de Morena, defendió la reforma al argumentar que busca garantizar el castigo de delitos que generan grandes beneficios económicos para los delincuentes y prevenir su fuga. “La prisión preventiva oficiosa protege a las víctimas, asegura el esclarecimiento de los hechos y evita la impunidad de los responsables”, afirmó.
De acuerdo con el Censo Nacional de Sistemas Penitenciarios Federal y Estatal 2023, realizado por el INEGI, 44.3% de las personas privadas de su libertad sin sentencia en México se encuentran bajo prisión preventiva oficiosa. Este grupo representa 38,533 personas de un total de 86,822 reclusos sin condena.
La modificación establece que la prisión preventiva oficiosa aplicará en delitos como:
- Abuso o violencia sexual contra menores.
- Delincuencia organizada.
- Extorsión.
- Actos relacionados con drogas sintéticas, fentanilo y precursores químicos.
- Contrabando.
- Uso de comprobantes fiscales falsos.
Además, se aclara que la interpretación de estas normas debe ser literal, prohibiéndose cualquier interpretación que modifique su aplicación.
Los congresos locales disponen de 65 días para adecuar sus normativas, mientras que el Congreso de la Unión tiene hasta 180 días para armonizar el marco jurídico con estas reformas. Esta modificación forma parte de las 20 propuestas presentadas en febrero por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, aunque la versión final fue ajustada en la Cámara de Diputados.