SCJN Ratifica Constitucionalidad de la Ley Agraria que Fomenta la Participación Femenina en Ejidos

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad del artículo 37 de la Ley Agraria, en su versión previa a una reforma de 2023. Este artículo establece que no más del 60 por ciento de las candidaturas para el comisariado ejidal y el consejo de vigilancia pueden ser ocupadas por personas de un solo género.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa propuso a sus colegas de la SCJN que ratificaran la validez de esta disposición, argumentando que obliga a incluir mujeres candidatas en los órganos de representación ejidal sin violar la libertad de asociación.

Según el dictamen aprobado, la ministra destacó que esta medida busca garantizar la participación de las mujeres en la gestión de los núcleos ejidales, una iniciativa crucial dada la discriminación histórica que las mujeres han sufrido, especialmente en zonas rurales.

En consecuencia, se concluyó que el artículo 37 es constitucional, ya que fomenta la igualdad entre hombres y mujeres, como establece el artículo 4 de la Constitución Federal. Este artículo exige que, en las elecciones para representantes ejidales, las mujeres también tengan la oportunidad de postularse y ser elegidas.

La ministra Esquivel Mossa subrayó que esta decisión ayuda a cerrar la brecha de género, permitiendo una mayor participación femenina en la toma de decisiones, incluso en el ámbito de los ejidos.

Yasmin Esquivel denuncia violencia mediática e injusticia durante evento por el Día Internacional de la Mujer

Yasmin Esquivel denuncia violencia mediática e injusticia durante evento por el Día Internacional de la Mujer

La ministra Yasmín Esquivel Mossa, en un encuentro con motivo del Día Internacional de la Mujer y el Día Internacional de las Juezas, organizado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), compartió su testimonio sobre la violencia mediática que enfrentó, sin abordar directamente las acusaciones de plagio de su tesis de derecho a fines de 2022.

“Se me negó el derecho más básico, el de ser escuchada… fui juzgada y condenada sin ningún respeto”, expresó la ministra Esquivel durante el evento.

Además, alertó sobre la persistencia de la violencia contra las juezas, destacando que esta va más allá de la afectación de sus derechos humanos, pudiendo influir en su función y en la integridad de la institución a la que pertenecen.

Asimismo, hizo hincapié en que la presencia de mujeres en posiciones de liderazgo facilita la participación efectiva en la vida pública y promueve la progresión de los derechos de las mujeres.

En su intervención, la magistrada presidenta de la Sala Superior del TEPJF, Mónica Aralí Soto, respaldó las palabras de la ministra Esquivel, enfatizando que ninguna jueza debe temer al emitir resoluciones justas y alineadas con la paz, la democracia y la igualdad sustantiva.

“Estamos aquí para denunciar y no tolerar más la violencia hacia las mujeres”, afirmó la magistrada Soto, instando a detener cualquier forma de violencia hacia las juezas y rechazando la idea de tolerar incluso un mínimo porcentaje de violencia.

En este sentido, subrayó la importancia de poner fin a la violencia hacia las juezas, asegurando que ninguna jueza debería ser víctima de discriminación o estereotipos de género.

Cuestiones de Política 

Directorio

La SCJN aprueba divulgación de contratos de energía eléctrica en Baja California

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado luz verde a la divulgación de los contratos celebrados con 28 empresas y los precios de adquisición de energía eléctrica para el estado de Baja California en el año 2022.

Este fallo del máximo tribunal ha rechazado los argumentos que sostenían que revelar estos acuerdos comerciales podría comprometer la seguridad nacional y conducir a prácticas colusorias que aumenten los costos de energía, especialmente en situaciones de emergencia.

Con una votación de ocho contra tres, se rechazó el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, argumentando que los fundamentos presentados por la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal (CJPEF) eran insuficientes y no se proporcionaron pruebas concretas del posible daño a la industria eléctrica nacional debido a la divulgación de precios de contratos de 2022.

El ministro Juan Luis González Alcántara afirmó que no existen pruebas que sugieran que la divulgación de estos contratos y precios pueda provocar aumentos desproporcionados en las cotizaciones o impactar negativamente en la confiabilidad del sistema eléctrico, lo que sería un riesgo para la seguridad nacional.

Por su parte, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena votó en contra de restringir la entrega de datos según lo ordenado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en relación con la información del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace). Señaló que los problemas de competencia económica y posibles actos de corrupción son asuntos ajenos al INAI.

El proyecto de Ortiz Ahlf contaba con el respaldo de las ministras Lenia Batres Guadarrama y Yasmin Esquivel Mossa. Batres destacó la importancia de un sistema eléctrico nacional seguro y eficiente, mientras que Esquivel Mossa advirtió sobre los riesgos para la seguridad nacional asociados con la divulgación de estos contratos y precios.

Tras la decisión del Pleno de la Corte, la ministra Ortiz Ahlf indicó que los contratos y precios divulgados responden a protocolos correctivos de emergencia para evitar cortes de suministro eléctrico en Baja California, una situación recurrente que debe abordarse con transparencia y responsabilidad por parte de las autoridades.

El fallo de la SCJN refuerza el principio de máxima publicidad establecido en el artículo sexto de la Constitución mexicana, destacando la importancia de la transparencia en la gestión de los recursos energéticos del país y garantizando que los ciudadanos tengan acceso a información relevante para el bienestar colectivo.

La Suprema Corte Declara Inconstitucional la Ley de la Industria Eléctrica

En un histórico revés judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucional la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), una polémica reforma impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador para limitar la participación del sector privado en el mercado energético mexicano.

Este fallo, producto de un amparo que argumentaba afectaciones al medio ambiente, marca un momento significativo en la relación entre el gobierno mexicano y las empresas privadas del sector.

La Segunda Sala de la SCJN otorgó el primer amparo contra la LIE, beneficiando a seis empresas específicas: La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, Eléctrica Del Valle de México, Fuerza Eólica del Istmo, Eólica de Coahuila y Eóliatec de Istmo. Sin embargo, este amparo no establece un precedente general, sino que se aplica de manera puntual a estas compañías, permitiéndoles regirse por el estatuto previo a la reforma de marzo de 2021.

El voto de calidad del presidente de la Sala, Alberto Pérez Dayán, fue determinante para conceder la protección de la justicia a estas empresas. La votación reflejó una división entre los ministros, con Luis María Aguilar apoyando el proyecto, mientras que Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guarradama expresaron su desacuerdo.

La ministra Lenia Batres argumentó en contra del proyecto durante más de 20 minutos, cuestionando el procedimiento y señalando que el tema ya había sido discutido en una acción de inconstitucionalidad anterior. Por su parte, la ministra Esquivel Mossa manifestó su desacuerdo con la interpretación del presidente de la Sala sobre el artículo 56 de la Ley de Amparo, relacionado con el voto de calidad.

El presidente Pérez Dayán defendió el proyecto, afirmando que recogía los argumentos de inconstitucionalidad expresados por siete ministros del Pleno en 2022. La sala dejó pendiente la discusión de otro proyecto de sentencia elaborado por el ministro Javier Laynez, el cual también propone otorgar la protección de la justicia a otras compañías afectadas por la LIE.

Es importante destacar que, previamente, el Pleno de la SCJN desestimó una acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición contra la LIE en abril de 2022, ya que no se alcanzaron los ocho votos necesarios para declararla inconstitucional. Esto dejó la norma vigente, y las empresas afectadas recurrieron a amparos para evitar su aplicación.

El fallo de la SCJN amparando a estas seis empresas se sustentó en la vulneración de principios constitucionales, como la competencia y la libre concurrencia, así como el principio de desarrollo sustentable. Los ministros votaron a favor de un amparo que destacaba los efectos negativos de la reforma en el medio ambiente.

Este revés judicial no sólo tiene implicaciones en el ámbito nacional, sino que su impacto se extiende al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC). La reforma a la LIE fue uno de los detonantes de tensiones comerciales entre México y Estados Unidos, quienes han señalado violaciones al tratado por parte del país latinoamericano. La declaración de inconstitucionalidad de la LIE suaviza estas tensiones y ofrece a México una posición más favorable en las negociaciones bajo el TMEC.