La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad del artículo 37 de la Ley Agraria, en su versión previa a una reforma de 2023. Este artículo establece que no más del 60 por ciento de las candidaturas para el comisariado ejidal y el consejo de vigilancia pueden ser ocupadas por personas de un solo género.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa propuso a sus colegas de la SCJN que ratificaran la validez de esta disposición, argumentando que obliga a incluir mujeres candidatas en los órganos de representación ejidal sin violar la libertad de asociación.
Según el dictamen aprobado, la ministra destacó que esta medida busca garantizar la participación de las mujeres en la gestión de los núcleos ejidales, una iniciativa crucial dada la discriminación histórica que las mujeres han sufrido, especialmente en zonas rurales.
En consecuencia, se concluyó que el artículo 37 es constitucional, ya que fomenta la igualdad entre hombres y mujeres, como establece el artículo 4 de la Constitución Federal. Este artículo exige que, en las elecciones para representantes ejidales, las mujeres también tengan la oportunidad de postularse y ser elegidas.
La ministra Esquivel Mossa subrayó que esta decisión ayuda a cerrar la brecha de género, permitiendo una mayor participación femenina en la toma de decisiones, incluso en el ámbito de los ejidos.