Nuevo criterio judicial redefine cálculo de indemnizaciones: Corte fija uso obligatorio de la UMA

Las indemnizaciones que pagan las aseguradoras en México deberán calcularse a partir de ahora con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), luego de que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolviera por unanimidad una contradicción de criterios heredada de sus salas, hoy extintas tras la reforma judicial.

La decisión surge tras la coexistencia de dos posturas distintas que generaban incertidumbre jurídica. Mientras una resolución permitía mantener el salario mínimo como referencia para calcular indemnizaciones, otra establecía que dicha práctica era incompatible con la reforma constitucional de 2016, la cual desindexó el salario mínimo y creó la UMA como unidad de referencia económica.

El origen del conflicto se remonta a dos casos analizados por las entonces Primera y Segunda Sala del máximo tribunal. La Primera Sala concluyó que utilizar el salario mínimo como base para determinar el monto de indemnizaciones no contravenía la Constitución. En contraste, la Segunda Sala determinó que, tras la reforma constitucional, el salario mínimo ya no podía emplearse como unidad de medida, lo que abrió la puerta a interpretaciones contradictorias.

Ante este escenario, el pleno resolvió establecer un criterio único que pone fin a la disparidad. Con ello, las indemnizaciones deberán calcularse utilizando la UMA, cuyo valor diario para 2026 es de 117.31 pesos. La cifra contrasta con el salario mínimo vigente, que alcanza los 315 pesos diarios, lo que evidencia una diferencia significativa entre ambos parámetros.

Durante la discusión, la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien presentó el proyecto, reveló que recibió comunicaciones relacionadas con el impacto de la resolución. Señaló que sostuvo conversaciones con funcionarios del Instituto Mexicano del Seguro Social sobre las posibles consecuencias financieras de la decisión.

“Recibí múltiples correos de aseguradoras, no platiqué con absolutamente ninguna. Eso sí, platiqué con el IMSS que nos refirió un altísimo impacto que un criterio de este tipo podía repercutirle a sus finanzas”, dijo la ministra Batres.

La resolución establece que, a partir de su aprobación, el cálculo de indemnizaciones deberá apegarse a la UMA, con lo que la Corte unifica el criterio judicial y cierra la controversia generada por las resoluciones divergentes emitidas previamente por sus salas.

Caso “Vito” reaviva la aplicación de la ley de correa en CDMX: Multas, arrestos y responsabilidades

La muerte de “Vito”, mascota del político Gabriel Quadri, tras un ataque ocurrido en calles de la Ciudad de México, colocó nuevamente en la agenda pública la legislación que regula el paseo de perros en la vía pública y las sanciones por incumplirla. El hecho se registró cuando el animal fue atacado por otro perro mientras caminaban por la colonia Romero de Terreros, en la alcaldía Coyoacán, y derivó en la difusión de información sobre las obligaciones legales de los tutores de mascotas.

La normativa vigente en la capital establece de manera expresa la obligación de llevar a los perros con correa al transitar por espacios públicos. Esta disposición se encuentra en el artículo 28 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, así como en los artículos 4 y 30 de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales. Ambas leyes señalan que los tutores o responsables deben asumir las consecuencias de los daños que sus animales puedan causar a terceros.

El texto legal indica: “Toda persona tutora responsable o encargada de un perro está obligada a colocarle una correa al transitar con él en la vía pública”. El incumplimiento de esta medida puede derivar en distintas sanciones, que van desde multas económicas hasta arrestos administrativos o trabajo comunitario.

Gabriel Quadri informó a través de redes sociales que el ataque ocurrió en la esquina de las calles Cerro del Tesoro y Cerro Dios del Hacha. De acuerdo con su relato, “Vito” fue agredido por un perro de raza Pastor Belga Malinois. Posteriormente, el político compartió un video en el que se observa al perro agresor correr directamente hacia su mascota sin que se aprecie el uso de correa, para luego atacarla. Quadri también señaló que el dueño del animal no asumió responsabilidad por lo ocurrido.

Según la Ley de Cultura Cívica, las personas que no adopten medidas de seguridad para prevenir agresiones pueden ser sancionadas con multas que van de 11 a 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Con el valor de la UMA para 2026, esto representa montos que oscilan entre mil 290 y 4 mil 692 pesos.

Además de la sanción económica, la legislación contempla la posibilidad de un arresto de entre 13 y 24 horas, o la imposición de trabajo comunitario por un periodo de seis a 12 horas. Estas medidas buscan reforzar la responsabilidad de los dueños de mascotas y prevenir incidentes similares en espacios públicos de la capital.

Lo que hay detrás de la nueva ley contra el ciberasedio en Puebla que preocupa a la CNDH

Una reciente reforma al Código Penal en Puebla ha llamado la atención nacional. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) lanzó una solicitud directa al gobierno estatal para revisar el contenido del nuevo artículo 480, aprobado por el Congreso local, relacionado con el delito de ciberasedio.

El organismo autónomo emitió el boletín de prensa número 454, fechado el 12 de junio de 2025, donde expresó su inquietud sobre la forma en que fue redactada esta nueva figura penal. La preocupación principal radica en que el texto contiene ambigüedades que podrían representar un riesgo para el derecho a la libertad de expresión en contextos de relevancia pública.

La tipificación del delito, según se establece en el artículo reformado, involucra el uso de tecnologías de información, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, cuando se insulte, injurie, ofenda, “agrave” (sic) o veje a otra persona con la insistencia suficiente para provocarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional.

La pena estipulada en el documento va desde los 11 meses hasta los tres años de prisión, además de una multa que podría oscilar entre cincuenta y trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

Frente a esto, la CNDH hizo un llamado formal para que el gobierno poblano revise el contenido del artículo 480 y garantice el respeto al principio de legalidad. También señaló la importancia de evitar que el derecho penal sea utilizado como un mecanismo indirecto de censura o de inhibición hacia quienes deseen manifestar ideas, pensamientos u opiniones por cualquier medio.

En el mismo comunicado, el organismo enfatizó que la redacción actual puede generar una aplicación discrecional por parte de las autoridades judiciales y, en consecuencia, afectar el ejercicio pleno de derechos fundamentales.

El exhorto también considera necesario que cualquier medida legislativa contemple un equilibrio entre la protección contra el acoso digital y la garantía de los derechos humanos. La revisión sugerida busca prevenir sanciones injustificadas derivadas de expresiones legítimas, especialmente en espacios digitales que, hoy por hoy, son esenciales para la participación democrática y la difusión de información.

Hasta el momento, no se ha emitido respuesta pública por parte del gobierno estatal ni del Congreso de Puebla respecto al posicionamiento de la CNDH. La solicitud permanece abierta mientras continúan las discusiones sobre los límites entre la libertad de expresión y la regulación del entorno digital.

Insultar en redes sociales será delito en Puebla con hasta tres años de prisión

El Congreso del Estado de Puebla aprobó una reforma al Código Penal local que establece penas de hasta tres años de cárcel para quien incurra en conductas de “ciberasedio” a través de redes sociales u otros medios digitales. La nueva normativa fue respaldada por la mayoría legislativa y publicada en el boletín oficial número 454, con fecha del 12 de junio de 2025.

La iniciativa define el ciberasedio como el uso de tecnologías de información, plataformas digitales, correos electrónicos o cualquier espacio en línea para insultar, injuriar, ofender, agraviar o vejar a otra persona, de forma persistente, al punto de causar un daño físico o emocional. La sanción prevista incluye prisión de entre 11 meses y tres años, así como multas que oscilan entre cincuenta y trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

En los casos en que la víctima sea menor de edad, la pena se incrementará proporcionalmente: desde una tercera parte de la mínima hasta dos terceras partes de la máxima. Esta medida busca fortalecer la protección a menores en entornos digitales, donde las agresiones se han vuelto recurrentes.

Durante la sesión legislativa, la diputada Laura Artemisa García Chávez, presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, señaló que esta reforma está alineada con la defensa de los derechos ciudadanos y busca garantizar la seguridad e integridad de la población. La legisladora, perteneciente al partido Morena, insistió en que la modificación responde a una creciente preocupación social sobre la violencia digital.

En contraste, organizaciones defensoras de la libertad de expresión, como Artículo 19 y la Red de Periodistas de Puebla, expresaron su oposición a la reforma. En un pronunciamiento conjunto, advirtieron que la redacción de la ley carece de precisión jurídica y podría ser empleada de manera discrecional para silenciar voces críticas, especialmente las de periodistas y medios de comunicación.

El posicionamiento cita a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual ha establecido que la libertad de expresión no solo protege mensajes favorables o neutrales, sino también aquellos que puedan resultar chocantes, perturbadores o incluso ofensivos para determinados sectores del poder o la sociedad.

Además del ciberasedio, la reforma también incorporó disposiciones relacionadas con la usurpación de identidad y el espionaje digital, con el objetivo de ampliar la protección frente a delitos cometidos en entornos tecnológicos.

La aprobación de esta reforma marca un precedente legal en la regulación del comportamiento en internet dentro del estado de Puebla, en medio de un contexto nacional en el que se debate el equilibrio entre libertad de expresión y protección contra la violencia digital.

Sheinbaum retira reforma al ISSSTE tras protestas de maestros

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo decidió retirar la iniciativa de reforma a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), enviada previamente a la Cámara de Diputados. La medida se tomó poco antes del inicio de un “paro nacional masivo” organizado por la Coordinadora Nacional de los Trabajadores de la Educación (CNTE), quienes manifestaron su inconformidad con la propuesta.

La solicitud de retiro se realizó conforme al artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados. El anuncio fue confirmado por Ricardo Monreal Ávila, coordinador de los diputados de Morena, a través de su cuenta en la red social X.

 

Los maestros de la CNTE habían planeado movilizaciones, incluyendo una protesta frente a la Cámara de Diputados y una marcha hacia Palacio Nacional. Su oposición a la iniciativa se centraba en cambios propuestos que afectarían sus derechos laborales y de seguridad social.

 

Entre los puntos clave de la reforma se encontraba la posibilidad de que el Fondo de la Vivienda del ISSSTE (Fovissste) adquiriera, construyera, rehabilitara y rentara viviendas para trabajadores del Estado. Además, la iniciativa planteaba que las cuotas y aportaciones del seguro de salud se calcularan sobre el salario integrado cuando este superara las 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA) mensuales.

 

Antes de que se oficializara el retiro de la propuesta, Monreal Ávila aseguró en conferencia de prensa que la reforma no sería aprobada sin antes llegar a acuerdos con los trabajadores de la educación. “Nosotros creemos que no hay justificación para que suspendamos actividades o no nos permitan trabajar”, afirmó.

 

En caso de que las manifestaciones se prolongaran, el legislador mencionó que se considerarían sedes alternas para continuar con el trabajo legislativo. “Aunque es más incómodo, se tiene que pagar la renta de otros locales, de otros lugares, se improvisa la actividad, pero tenemos que continuar el trabajo en una u otra parte”, explicó.

 

El retiro de la iniciativa representa una victoria para la CNTE, que ha insistido en la necesidad de diálogo antes de cualquier modificación a la Ley del ISSSTE. Por ahora, las negociaciones entre el gobierno y los maestros seguirán en busca de un acuerdo que garantice sus derechos laborales y de seguridad social.