Congreso de Jalisco rechaza la reforma judicial en sesión extraordinaria

El Congreso de Jalisco, con mayoría de Movimiento Ciudadano, decidió no apoyar la reforma judicial durante una sesión extraordinaria que comenzó a las 21:00 horas del jueves 12 de septiembre y concluyó pasada la medianoche.

Con 26 votos a favor y 10 en contra, los diputados de Movimiento Ciudadano, PAN y PRI respaldaron el dictamen que rechaza las modificaciones propuestas. A pesar de esta decisión, la reforma ya ha sido aprobada por 21 congresos locales, lo que es suficiente para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su entrada en vigor.

Los principales argumentos en contra de la reforma judicial giraron en torno a la supuesta violación de la separación de poderes, la metodología en la selección de jueces y la falta de garantías para erradicar el nepotismo y la corrupción, según los legisladores opositores.

Estados que han aprobado la reforma judicial

Hasta ahora, 21 congresos locales han dado su visto bueno a la reforma constitucional, tras sesiones en las que se analizó, discutió y votó la iniciativa. El Congreso de Oaxaca fue el primero en aprobarla, convocando una sesión extraordinaria en la que, por unanimidad, los legisladores de Morena y la oposición votaron a favor de la reforma.

¿Qué plantea la reforma judicial?

Entre las medidas clave de la reforma judicial se encuentra la renovación completa de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del 50% de los jueces, quienes serían elegidos mediante voto popular. La primera elección está programada para el primer domingo de junio de 2025, con una segunda elección ordinaria en 2027, coincidiendo con los comicios federales.

Suspensión de la discusión en Chihuahua

En contraste, el Congreso del Estado de Chihuahua suspendió el debate sobre la reforma judicial después de recibir una orden judicial. El coordinador del PAN, Alfredo Chávez Madrid, informó que el dictamen fue retirado del orden del día para cumplir con la resolución.

Durante una manifestación de trabajadores del Poder Judicial y abogados, Chávez reafirmó que su partido no permitirá que la justicia sea controlada por intereses políticos. Diputados del PRI y Movimiento Ciudadano también apoyaron la postura de no aprobar la reforma en Chihuahua, argumentando que el procedimiento seguido por Morena es irregular y carece de sustento legal.

A pesar de la oposición en Chihuahua, la reforma ha obtenido el respaldo necesario a nivel nacional para ser promulgada.

Dresser demanda a AMLO por difamación en conferencias matutinas

Este sábado, la politóloga y escritora mexicana Denise Dresser informó que ha interpuesto una demanda contra el presidente Andrés Manuel López Obrador, alegando difamación en sus conferencias matutinas.

A través de su cuenta de X, Dresser acusó al Mandatario de abusar de su poder, lo que llevó a un tribunal colegiado a concederle un amparo, aunque con efectos limitados. Sin embargo, Dresser destacó que este fallo sienta un precedente importante para la defensa de la libertad de expresión. “Dije ‘basta’ y, junto con mis abogadas del Consejo Nacional de Litigio Estratégico, luchamos por defender nuestros derechos que han sido atropellados impunemente”, señaló la académica.

La sentencia emitida indica que Dresser solicitó protección legal contra el Presidente debido a “comentarios y/o pronunciamientos sistemáticos” que degradan su ejercicio periodístico durante las conferencias mañaneras. También se mencionó la falta de mecanismos para contrarrestar de manera equitativa las manifestaciones hechas en estos espacios oficiales, y el incumplimiento de la Política de Comunicación Social del Gobierno Federal.

Finalmente, el Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa otorgó a Dresser un amparo con efectos limitados, aunque subrayó la obligación de los funcionarios de verificar la información antes de difundirla en espacios públicos.

Mario Marín Podrá Enfrentar su Proceso en Libertad

Este sábado, la periodista Lydia Cacho, junto a la organización Artículo 19, anunció que, tras la audiencia dirigida por la jueza Angélica del Carmen Ortuño Suárez, Mario Marín, exgobernador de Puebla, podrá continuar su proceso en libertad. Marín está acusado de tortura y de proteger redes de trata infantil.

Artículo 19, parte del equipo legal de Cacho presente en la audiencia, reporta que, según el criterio de la jueza, Marín no requiere prisión preventiva en este momento. La jueza federal ha modificado la medida cautelar anterior, permitiendo que el exgobernador permanezca en libertad mientras se lleva a cabo el proceso.

Esta decisión se suma a la reciente liberación de Adolfo Karam, procesado por tortura contra Cacho, anunciada el 7 de agosto. Cacho ha expresado en su cuenta de X que su equipo legal está pidiendo que Marín use un brazalete electrónico, y otras medidas cautelares como firma periódica o arraigo domiciliario mientras enfrenta su juicio.

Cacho ha criticado la decisión de la jueza en X, acusándola de socavar años de trabajo para proteger a los torturadores y violar sus derechos. También ha señalado la conexión de Marín con redes de trata infantil y ha criticado al Poder Judicial en México.

El 7 de agosto, Artículo 19 reveló la liberación de Hugo Karam del centro penitenciario en Cancún, como resultado del cambio en las medidas cautelares dictado por el Juzgado Segundo de Distrito en Quintana Roo. Esta decisión obedeció a una sentencia de amparo que revocó la prisión preventiva impuesta a Karam por la falta de pruebas suficientes.

Cacho fue detenida ilegalmente en diciembre de 2005 tras publicar su libro “Los demonios del Edén”, que expone una red de pornografía infantil y lavado de dinero involucrando a empresarios y exfuncionarios. Marín, entonces gobernador de Puebla, había intervenido para trasladar a Cacho desde Cancún y acusarla de daños morales mientras era torturada. La filtración de una grabación reveló la complicidad entre Marín y el empresario textilero Kamel Nacif.

En febrero de 2023, la Fiscalía General de la República había ratificado la prisión preventiva contra Marín, citando el riesgo que representa para la víctima y testigos, y el riesgo de fuga.

Empresario Carlos Ahumada Detenido en Panamá Pese a Amparo

Antes de ser detenido en Panamá, el empresario Carlos Ahumada había solicitado un amparo para evitar la reactivación de una orden de captura emitida en 2007 por fraude. Este amparo le otorgaba una medida que impedía su arresto por ese caso específico.

Fuentes diplomáticas confirmaron a Proceso que Ahumada fue arrestado por agentes de migración en el aeropuerto de Panamá, siguiendo una ficha roja de Interpol basada en órdenes de aprehensión de México, tanto del fuero común como del federal.

Hasta ahora, el gobierno mexicano no ha presentado una solicitud formal de extradición a Panamá.

El amparo de Ahumada, admitido el 3 de mayo por el juez Cuarto de Distrito en la Ciudad de México, está relacionado con el caso del fuero común. En su demanda, Ahumada argumentó que el 31 de octubre de 2019, el juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales en el Reclusorio Norte ordenó reactivar la orden de aprehensión de 2007 por fraude. El juez le concedió una suspensión provisional de este acuerdo, sin invalidarlo completamente.

“Debido a que el solicitante pidió expresamente la suspensión de las consecuencias del acto reclamado, consistente en su reaprehensión, y dado que esta medida no perjudica el interés social ni contraviene disposiciones de orden público, se concede a Carlos Ahumada una suspensión provisional para evitar su detención,” señaló el juez.

Ahumada presentó una garantía de 795 mil pesos para mantener vigente esta medida, la cual no impide su detención con fines de extradición, que fue la base para su arresto en Panamá.

El juez fijó el 11 de junio para la audiencia incidental donde decidirá si se otorga la suspensión definitiva, basándose en los informes recibidos del juez de ejecución señalado por Ahumada.

Mario Aburto Impugna Desestimación por Supuesta Tortura

Mario Aburto Impugna Desestimación por Supuesta Tortura

El caso de Mario Aburto Martínez, conocido por el asesinato del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio, continúa generando atención y controversia. Recientemente, un Tribunal Federal ha admitido a trámite el recurso de queja presentado por Aburto, impugnando la decisión de una jueza respecto al desecho de un amparo relacionado con la presunta tortura sufrida por él tras su captura en 1994. 

El Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal en la Ciudad de México ha notificado la entrada del recurso, indicando que este tema guarda relación con otro recurso de inconformidad en otro Tribunal Colegiado.

 

Este segundo recurso, que está en el Octavo Tribunal Colegiado, también ha admitido la impugnación presentada por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos de la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP).

 

Es importante destacar que la jueza Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, Paloma Xiomara González, determinó desechar la demanda de garantías promovida por Mario Aburto Martínez, argumentando que el tema del carpetazo ya está siendo estudiado en el mismo juzgado debido a un amparo presentado por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), la cual representa legalmente al acusado.

 

En febrero de este año, la Fiscalía General de la República (FGR) autorizó definitivamente el no ejercicio de la acción penal en la investigación sobre la presunta tortura sufrida por Aburto. Esta decisión fue comunicada por el Ministerio Público Federal a la jueza Paloma Xiomara, quien otorgó varios días al acusado y su defensa para impugnar.

 

El recurso de inconformidad presentado ante el Octavo Tribunal Colegiado refuta la decisión de la jueza de dar por cumplido el amparo que ordenaba a la FGR llevar a cabo diversas investigaciones para determinar si Aburto fue torturado.

 

Para Aburto, la sentencia que lo amparó y que exigía a la fiscalía investigar su presunta tortura no se ha cumplido según lo ordenado por el juez Antonio González García, quien estaba a cargo del Juzgado Sexto en ese momento.

 

Este avance legal marca un nuevo capítulo en un caso que ha mantenido la atención del público y las autoridades durante décadas, y destaca la importancia de la justicia y la transparencia en la investigación de casos de presunta tortura y violaciones a los derechos humanos.

Cuestiones de Política 

Directorio

Suprema Corte Invalida Reforma Eléctrica de AMLO

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el amparo a seis empresas y declaró la inconstitucionalidad de las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica vigentes desde marzo de 2021. Estos cambios, que favorecían a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas generadoras de energía, fueron señalados por generar distorsiones en el sector.

El fallo, que se aplicará de manera general a todos los participantes del mercado eléctrico nacional, destaca que las normas impugnadas afectan indiscriminadamente a todos los agentes involucrados. Las empresas que obtuvieron el amparo son Recursos Solares PV de México IV, S.A. de C.V., BNB Villa Ahumada Solar S. de R.L. de C.V., Engie Abril PV S. de R. L. de C.V., Eólica Tres Mesas 4 S. de R.L. de C.V., Tractabel Energía de Pánuco S.A. de C.V., y Tractabel Energía de Monterrey S. de R.L. de C.V.

Aunque el amparo se concedió solo a las empresas demandantes, la sentencia anticipa que el resto de los participantes del mercado también se verán beneficiados por un efecto colateral. El tribunal reconoció que las reformas impugnadas crean barreras que obstaculizan la competencia efectiva en el mercado de generación de energía.

La resolución destaca que la priorización en el despacho de energía perjudica directamente a las energías limpias, vulnerando el principio de desarrollo sustentable. La Segunda Sala desestimó los argumentos del Ejecutivo federal y las Cámaras del Congreso de la Unión, que buscaban justificar las reformas en la seguridad del despacho y el fortalecimiento de la CFE.

Expertos opinan que, aunque este fallo marca el cierre a nivel legal, la lucha podría continuar debido a los retrasos en la emisión de permisos a particulares por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Desde la suspensión de actividades por la pandemia en 2020, se ha acusado a la CRE de postergar los permisos para favorecer a empresas estatales, lo que podría resultar en más litigios mediante el amparo indirecto.

Cabe destacar que las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica fueron uno de los motivos por los cuales Estados Unidos y Canadá activaron el mecanismo de solución de controversias contra México bajo el T-MEC, argumentando que atentaban contra el principio de trato no discriminatorio al beneficiar a la CFE en el despacho eléctrico.