Revés Judicial en Caso del Viaducto Bicentenario: FGR Anuncia Acciones Legales

La Fiscalía General de la República (FGR) ha anunciado su determinación de tomar medidas legales tras el rechazo del juez federal de vincular a proceso a siete personas acusadas de la explotación ilegal del Viaducto Bicentenario. Este proyecto, administrado por OHL-Aleática, supuestamente causó daños por un valor exorbitante de 8 mil 403 millones 242 mil 312 pesos a la Federación.

El juez de control del Centro de Justicia Penal Federal, Daniel Ramírez Peña, con sede en Almoloya de Juárez, Estado de México, decidió no proceder contra los individuos acusados, incluidos Rubén Gerardo López Barrera, José Andrés de Oteyza Fernández, Sergio Hidalgo Monroy Portillo, Ernesto Javier Nemer Álvarez, Luis Gilberto Limón Chávez, Jorge Joaquín González Bezares y Alberto Tomás Angulo Lara.

La FGR expresó su consternación ante esta decisión, calificándola de injusta y señalando que el juez había emitido una opinión pública sobre el caso antes de conocer todas las pruebas y argumentos presentados por las partes involucradas. La dependencia federal anunció su intención de iniciar acciones legales contra el juzgado por su supuesta parcialidad.

En una declaración oficial, la FGR enfatizó la ilegalidad de la concesión otorgada por el Estado de México a la empresa Viaducto Bicentenario, S. A. de C. V., en 2008, para operar la vía de comunicación federal. Esta concesión se consideró nula, lo que llevó a la explotación ilegal del bien nacional, violando los artículos 149, 150 y 151 de la Ley General de Bienes Nacionales.

La fiscalía destacó que el Estado de México y la empresa en cuestión se beneficiaron desproporcionadamente de la explotación ilegal del viaducto, mientras que la Federación no recibió ninguna compensación por el uso de su propiedad. Además, señaló que las autoridades competentes habían advertido sobre esta ilegalidad en múltiples ocasiones desde 2011.

La FGR rechazó la afirmación del Estado de México de que tenía autoridad para otorgar la concesión federal, argumentando que solo la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes está facultada para hacerlo. Advirtió que este caso no es meramente administrativo o civil, sino que implica la comisión de un delito, y prometió utilizar todos los recursos legales disponibles para abordar esta situación.

Este revés judicial en el caso del Viaducto Bicentenario destaca la complejidad y la importancia de salvaguardar los recursos nacionales y garantizar la justicia en los casos de presunta corrupción e ilegalidad. La FGR reiteró su compromiso de perseguir a aquellos que infringen la ley y de defender los intereses de la Federación.

Suprema Corte Invalida Reforma Eléctrica de AMLO

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el amparo a seis empresas y declaró la inconstitucionalidad de las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica vigentes desde marzo de 2021. Estos cambios, que favorecían a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas generadoras de energía, fueron señalados por generar distorsiones en el sector.

El fallo, que se aplicará de manera general a todos los participantes del mercado eléctrico nacional, destaca que las normas impugnadas afectan indiscriminadamente a todos los agentes involucrados. Las empresas que obtuvieron el amparo son Recursos Solares PV de México IV, S.A. de C.V., BNB Villa Ahumada Solar S. de R.L. de C.V., Engie Abril PV S. de R. L. de C.V., Eólica Tres Mesas 4 S. de R.L. de C.V., Tractabel Energía de Pánuco S.A. de C.V., y Tractabel Energía de Monterrey S. de R.L. de C.V.

Aunque el amparo se concedió solo a las empresas demandantes, la sentencia anticipa que el resto de los participantes del mercado también se verán beneficiados por un efecto colateral. El tribunal reconoció que las reformas impugnadas crean barreras que obstaculizan la competencia efectiva en el mercado de generación de energía.

La resolución destaca que la priorización en el despacho de energía perjudica directamente a las energías limpias, vulnerando el principio de desarrollo sustentable. La Segunda Sala desestimó los argumentos del Ejecutivo federal y las Cámaras del Congreso de la Unión, que buscaban justificar las reformas en la seguridad del despacho y el fortalecimiento de la CFE.

Expertos opinan que, aunque este fallo marca el cierre a nivel legal, la lucha podría continuar debido a los retrasos en la emisión de permisos a particulares por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Desde la suspensión de actividades por la pandemia en 2020, se ha acusado a la CRE de postergar los permisos para favorecer a empresas estatales, lo que podría resultar en más litigios mediante el amparo indirecto.

Cabe destacar que las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica fueron uno de los motivos por los cuales Estados Unidos y Canadá activaron el mecanismo de solución de controversias contra México bajo el T-MEC, argumentando que atentaban contra el principio de trato no discriminatorio al beneficiar a la CFE en el despacho eléctrico.