Freno legal a la reforma judicial: Movimiento Ciudadano logra suspensión definitiva

En un contundente revés para el gobierno federal, el partido Movimiento Ciudadano (MC) ha conseguido una victoria clave en la batalla contra la controvertida reforma judicial. La suspensión definitiva, otorgada a petición de los legisladores naranjas, impide que la reforma se implemente en las 32 entidades federativas de México. Esta decisión representa un respiro para jueces y magistrados, quienes estaban en riesgo de ser removidos de sus cargos de manera masiva y sin un proceso claro.

 

Miguel Alfonso Meza, activista y uno de los principales promotores del amparo, explicó que esta suspensión detiene la temida “tómbola-guillotina”, el mecanismo mediante el cual se preveía el despido y reemplazo de numerosos jueces y magistrados. “Con esta resolución, ni un solo juez podrá ser removido de su puesto. La suspensión los protege no solo de perder su trabajo, sino también de la manipulación política que amenazaba con capturar el Poder Judicial”, señaló Meza con firmeza.

 

La medida también bloquea el avance de uno de los aspectos más polémicos de la reforma: la convocatoria extraordinaria para la elección de nuevos jueces y magistrados, un proceso que estaba en manos del Senado y el Instituto Nacional Electoral (INE). Según explicó Meza, la suspensión evita que el partido gobernante, Morena, utilice este mecanismo para imponer a sus candidatos y, en última instancia, controlar el Poder Judicial. “Es un freno importante porque impide que se capture a una institución que debe ser autónoma e independiente”, afirmó el activista.

 

Además, esta suspensión incluye una orden clara para que el INE detenga cualquier acción relacionada con la organización de elecciones extraordinarias de jueces. En palabras de Meza: “La presidenta del INE, Guadalupe Taddei, ha declarado que respetará las suspensiones definitivas. Si es congruente con sus palabras, el proceso para la elección de jueces debería detenerse por completo”.

 

La protección legal también se extiende a aspectos presupuestarios cruciales para el funcionamiento del Poder Judicial. Con la suspensión, la Cámara de Diputados no podrá reducir el presupuesto destinado al Poder Judicial, ni eliminar los fondos que garantizan los derechos laborales de jueces y magistrados. Este punto ha sido un eje central en la defensa de Movimiento Ciudadano, que considera que el recorte financiero pondría en riesgo no solo la independencia judicial, sino también las condiciones laborales de miles de trabajadores del sector.

 

“Es fundamental que el Poder Judicial mantenga su presupuesto intacto. No podemos permitir que se vulneren los derechos laborales de quienes hacen posible la impartición de justicia en México”, expresó la diputada Laura Ballesteros, quien también ha sido una figura clave en la lucha contra esta reforma.

 

Un aspecto relevante de la resolución es que la suspensión también impide que los estados repliquen la reforma judicial a nivel local. Esto significa que los “cacicazgos” locales de Morena, como los describió Meza, tampoco podrán intervenir en los poderes judiciales de sus respectivas entidades. “Con esta medida, protegemos a los jueces y magistrados locales de cualquier intento de manipulación política. No se trata solo del ámbito federal, sino de mantener la independencia judicial en todo el país”, subrayó el activista.

 

A pesar de este avance significativo, los representantes de Movimiento Ciudadano son conscientes de que la batalla legal aún no ha terminado. “Seguiremos luchando para que la Reforma Judicial no solo sea suspendida, sino invalidada completamente”, aseguró Ballesteros, reafirmando el compromiso de su partido con la defensa de la autonomía judicial.

 

El amparo obtenido forma parte de una estrategia legal más amplia, que incluye varias acciones de inconstitucionalidad promovidas por Movimiento Ciudadano en diferentes frentes. Con esta suspensión definitiva, el panorama para la reforma judicial se complica aún más, abriendo un espacio para que las voces opositoras continúen su lucha por la invalidez total de la reforma.

 

Esta resolución judicial marca un precedente importante en la defensa de las instituciones democráticas de México. El Poder Judicial, al menos por ahora, queda protegido de los intentos de control y manipulación política, un logro que Movimiento Ciudadano no está dispuesto a soltar fácilmente.

Solicitan juicio político contra legisladores de la 4T por aprobar la Reforma Judicial

En un movimiento inesperado, diversas organizaciones civiles presentaron una solicitud de juicio político en contra de diputados y senadores que aprobaron la reforma judicial impulsada por Morena y sus aliados. Esta acción fue motivada por lo que consideran una violación a las suspensiones de amparo otorgadas por jueces de Chiapas y Morelos, que buscaban frenar el avance de la reforma.

 

El abogado Alejandro Valenzuela, quien representa a las organizaciones, compareció ante la sala de prensa de la Cámara de Diputados en San Lázaro para hacer pública la solicitud. “Esta denuncia es por la violación de las suspensiones de amparo que ya habían sido otorgadas. Se presentaron todas las pruebas, incluyendo las suspensiones emitidas por los jueces”, explicó Valenzuela.

 

La reforma judicial ha sido objeto de controversia desde su aprobación en el Senado la madrugada del 11 de septiembre, luego de haber sido avalada previamente en la Cámara de Diputados. Según Valenzuela, los legisladores ignoraron las suspensiones de amparo emitidas, lo que generó un conflicto legal que podría derivar en el juicio político solicitado. “Esperamos que se proceda conforme a la ley. Los legisladores denunciados no pueden ser juez y parte en este proceso”, destacó.

 

De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, cualquier legislador involucrado en una denuncia no puede formar parte de la subcomisión que evaluará el caso. “Solo cinco diputados de Morena no participaron en la discusión y aprobación de la reforma, por lo que serían los únicos habilitados para formar parte de la subcomisión de examen previo”, aclaró el abogado.

 

La denuncia ahora será revisada por la Cámara Baja, donde se deberá formar una subcomisión de examen previo que analizará si procede o no el juicio político. Si el dictamen avanza, los legisladores denunciados no podrán participar en la votación que defina su destino. “Es fundamental que se respeten las excusas e impedimentos establecidos por la ley para evitar conflictos de interés”, recordó Valenzuela.

 

Mientras tanto, la reforma judicial continúa su camino, habiendo sido aprobada por 23 congresos locales, con la excepción de Durango. Este escenario pone en el centro del debate no solo la validez de la reforma, sino también la integridad del proceso legislativo. La decisión final sobre el juicio político está en manos del Congreso, pero el mensaje es claro: la batalla legal por la reforma judicial apenas comienza.

Ordenan suspensión de publicación de la reforma judicial por riesgo de daños irreparables

Un Tribunal Colegiado decidió suspender la publicación de la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) mientras un juez de Distrito evalúa si concede una suspensión definitiva a una organización civil que impugnó el dictamen aprobado por el Congreso. Esta decisión responde a un recurso de queja interpuesto por dicha organización, que se opone a la entrada en vigor de la reforma.

Los magistrados, en una votación unánime, declararon procedente la queja presentada por la Fundación Iris, organización dedicada a la promoción y defensa de los derechos humanos. El recurso fue presentado como parte de un amparo que buscaba detener la discusión y aprobación de la reforma en las Cámaras de Diputados y Senadores.

Ante esto, el Tribunal consideró necesario modificar la resolución emitida previamente por el juez de Distrito, otorgando una medida cautelar a la asociación. La razón es que la publicación y aplicación de la reforma judicial podría causar daños irreversibles. Según los magistrados, es indispensable que las autoridades se abstengan de continuar con los procedimientos legislativos relacionados con la reforma, tanto en las cámaras federales como en las legislaturas estatales, especialmente en lo que respecta al Poder Judicial.

Además, en caso de que el proceso de reforma constitucional continúe y sea aprobado, el Tribunal ha ordenado que el decreto correspondiente no sea publicado en el DOF. Los magistrados argumentaron que la intención de la reforma impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador es eliminar el Poder Judicial de la Federación tal como fue establecido originalmente en la Constitución.

Por otro lado, el Tribunal desestimó la solicitud de la Fundación Iris de pedir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que interviniera en el caso, ya que consideraron que el asunto debía resolverse dentro del plazo legal de 48 horas y no requería la atracción de la SCJN.

El penalista Juan Velázquez advirtió que el gobierno probablemente publicará la reforma a pesar de la orden de suspensión del Tribunal, lo cual implicaría desobedecer el mandato judicial y acarrearía consecuencias legales, como la posible remoción de funcionarios responsables. Velázquez subrayó que nunca había presenciado una situación similar en sus más de 50 años de carrera.

Desde su perspectiva, el proceso legislativo que culminó en la aprobación de la reforma fue apresurado y careció de análisis. Criticó que los legisladores no leyeron ni revisaron adecuadamente el contenido de la reforma antes de votarla, lo cual pone en riesgo la imparcialidad y profesionalismo del sistema judicial.

Congreso de Jalisco rechaza la reforma judicial en sesión extraordinaria

El Congreso de Jalisco, con mayoría de Movimiento Ciudadano, decidió no apoyar la reforma judicial durante una sesión extraordinaria que comenzó a las 21:00 horas del jueves 12 de septiembre y concluyó pasada la medianoche.

Con 26 votos a favor y 10 en contra, los diputados de Movimiento Ciudadano, PAN y PRI respaldaron el dictamen que rechaza las modificaciones propuestas. A pesar de esta decisión, la reforma ya ha sido aprobada por 21 congresos locales, lo que es suficiente para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su entrada en vigor.

Los principales argumentos en contra de la reforma judicial giraron en torno a la supuesta violación de la separación de poderes, la metodología en la selección de jueces y la falta de garantías para erradicar el nepotismo y la corrupción, según los legisladores opositores.

Estados que han aprobado la reforma judicial

Hasta ahora, 21 congresos locales han dado su visto bueno a la reforma constitucional, tras sesiones en las que se analizó, discutió y votó la iniciativa. El Congreso de Oaxaca fue el primero en aprobarla, convocando una sesión extraordinaria en la que, por unanimidad, los legisladores de Morena y la oposición votaron a favor de la reforma.

¿Qué plantea la reforma judicial?

Entre las medidas clave de la reforma judicial se encuentra la renovación completa de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del 50% de los jueces, quienes serían elegidos mediante voto popular. La primera elección está programada para el primer domingo de junio de 2025, con una segunda elección ordinaria en 2027, coincidiendo con los comicios federales.

Suspensión de la discusión en Chihuahua

En contraste, el Congreso del Estado de Chihuahua suspendió el debate sobre la reforma judicial después de recibir una orden judicial. El coordinador del PAN, Alfredo Chávez Madrid, informó que el dictamen fue retirado del orden del día para cumplir con la resolución.

Durante una manifestación de trabajadores del Poder Judicial y abogados, Chávez reafirmó que su partido no permitirá que la justicia sea controlada por intereses políticos. Diputados del PRI y Movimiento Ciudadano también apoyaron la postura de no aprobar la reforma en Chihuahua, argumentando que el procedimiento seguido por Morena es irregular y carece de sustento legal.

A pesar de la oposición en Chihuahua, la reforma ha obtenido el respaldo necesario a nivel nacional para ser promulgada.

Dresser demanda a AMLO por difamación en conferencias matutinas

Este sábado, la politóloga y escritora mexicana Denise Dresser informó que ha interpuesto una demanda contra el presidente Andrés Manuel López Obrador, alegando difamación en sus conferencias matutinas.

A través de su cuenta de X, Dresser acusó al Mandatario de abusar de su poder, lo que llevó a un tribunal colegiado a concederle un amparo, aunque con efectos limitados. Sin embargo, Dresser destacó que este fallo sienta un precedente importante para la defensa de la libertad de expresión. “Dije ‘basta’ y, junto con mis abogadas del Consejo Nacional de Litigio Estratégico, luchamos por defender nuestros derechos que han sido atropellados impunemente”, señaló la académica.

La sentencia emitida indica que Dresser solicitó protección legal contra el Presidente debido a “comentarios y/o pronunciamientos sistemáticos” que degradan su ejercicio periodístico durante las conferencias mañaneras. También se mencionó la falta de mecanismos para contrarrestar de manera equitativa las manifestaciones hechas en estos espacios oficiales, y el incumplimiento de la Política de Comunicación Social del Gobierno Federal.

Finalmente, el Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa otorgó a Dresser un amparo con efectos limitados, aunque subrayó la obligación de los funcionarios de verificar la información antes de difundirla en espacios públicos.

Mario Marín Podrá Enfrentar su Proceso en Libertad

Este sábado, la periodista Lydia Cacho, junto a la organización Artículo 19, anunció que, tras la audiencia dirigida por la jueza Angélica del Carmen Ortuño Suárez, Mario Marín, exgobernador de Puebla, podrá continuar su proceso en libertad. Marín está acusado de tortura y de proteger redes de trata infantil.

Artículo 19, parte del equipo legal de Cacho presente en la audiencia, reporta que, según el criterio de la jueza, Marín no requiere prisión preventiva en este momento. La jueza federal ha modificado la medida cautelar anterior, permitiendo que el exgobernador permanezca en libertad mientras se lleva a cabo el proceso.

Esta decisión se suma a la reciente liberación de Adolfo Karam, procesado por tortura contra Cacho, anunciada el 7 de agosto. Cacho ha expresado en su cuenta de X que su equipo legal está pidiendo que Marín use un brazalete electrónico, y otras medidas cautelares como firma periódica o arraigo domiciliario mientras enfrenta su juicio.

Cacho ha criticado la decisión de la jueza en X, acusándola de socavar años de trabajo para proteger a los torturadores y violar sus derechos. También ha señalado la conexión de Marín con redes de trata infantil y ha criticado al Poder Judicial en México.

El 7 de agosto, Artículo 19 reveló la liberación de Hugo Karam del centro penitenciario en Cancún, como resultado del cambio en las medidas cautelares dictado por el Juzgado Segundo de Distrito en Quintana Roo. Esta decisión obedeció a una sentencia de amparo que revocó la prisión preventiva impuesta a Karam por la falta de pruebas suficientes.

Cacho fue detenida ilegalmente en diciembre de 2005 tras publicar su libro “Los demonios del Edén”, que expone una red de pornografía infantil y lavado de dinero involucrando a empresarios y exfuncionarios. Marín, entonces gobernador de Puebla, había intervenido para trasladar a Cacho desde Cancún y acusarla de daños morales mientras era torturada. La filtración de una grabación reveló la complicidad entre Marín y el empresario textilero Kamel Nacif.

En febrero de 2023, la Fiscalía General de la República había ratificado la prisión preventiva contra Marín, citando el riesgo que representa para la víctima y testigos, y el riesgo de fuga.

Empresario Carlos Ahumada Detenido en Panamá Pese a Amparo

Antes de ser detenido en Panamá, el empresario Carlos Ahumada había solicitado un amparo para evitar la reactivación de una orden de captura emitida en 2007 por fraude. Este amparo le otorgaba una medida que impedía su arresto por ese caso específico.

Fuentes diplomáticas confirmaron a Proceso que Ahumada fue arrestado por agentes de migración en el aeropuerto de Panamá, siguiendo una ficha roja de Interpol basada en órdenes de aprehensión de México, tanto del fuero común como del federal.

Hasta ahora, el gobierno mexicano no ha presentado una solicitud formal de extradición a Panamá.

El amparo de Ahumada, admitido el 3 de mayo por el juez Cuarto de Distrito en la Ciudad de México, está relacionado con el caso del fuero común. En su demanda, Ahumada argumentó que el 31 de octubre de 2019, el juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales en el Reclusorio Norte ordenó reactivar la orden de aprehensión de 2007 por fraude. El juez le concedió una suspensión provisional de este acuerdo, sin invalidarlo completamente.

“Debido a que el solicitante pidió expresamente la suspensión de las consecuencias del acto reclamado, consistente en su reaprehensión, y dado que esta medida no perjudica el interés social ni contraviene disposiciones de orden público, se concede a Carlos Ahumada una suspensión provisional para evitar su detención,” señaló el juez.

Ahumada presentó una garantía de 795 mil pesos para mantener vigente esta medida, la cual no impide su detención con fines de extradición, que fue la base para su arresto en Panamá.

El juez fijó el 11 de junio para la audiencia incidental donde decidirá si se otorga la suspensión definitiva, basándose en los informes recibidos del juez de ejecución señalado por Ahumada.

Mario Aburto Impugna Desestimación por Supuesta Tortura

Mario Aburto Impugna Desestimación por Supuesta Tortura

El caso de Mario Aburto Martínez, conocido por el asesinato del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio, continúa generando atención y controversia. Recientemente, un Tribunal Federal ha admitido a trámite el recurso de queja presentado por Aburto, impugnando la decisión de una jueza respecto al desecho de un amparo relacionado con la presunta tortura sufrida por él tras su captura en 1994. 

El Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal en la Ciudad de México ha notificado la entrada del recurso, indicando que este tema guarda relación con otro recurso de inconformidad en otro Tribunal Colegiado.

 

Este segundo recurso, que está en el Octavo Tribunal Colegiado, también ha admitido la impugnación presentada por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos de la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP).

 

Es importante destacar que la jueza Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, Paloma Xiomara González, determinó desechar la demanda de garantías promovida por Mario Aburto Martínez, argumentando que el tema del carpetazo ya está siendo estudiado en el mismo juzgado debido a un amparo presentado por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), la cual representa legalmente al acusado.

 

En febrero de este año, la Fiscalía General de la República (FGR) autorizó definitivamente el no ejercicio de la acción penal en la investigación sobre la presunta tortura sufrida por Aburto. Esta decisión fue comunicada por el Ministerio Público Federal a la jueza Paloma Xiomara, quien otorgó varios días al acusado y su defensa para impugnar.

 

El recurso de inconformidad presentado ante el Octavo Tribunal Colegiado refuta la decisión de la jueza de dar por cumplido el amparo que ordenaba a la FGR llevar a cabo diversas investigaciones para determinar si Aburto fue torturado.

 

Para Aburto, la sentencia que lo amparó y que exigía a la fiscalía investigar su presunta tortura no se ha cumplido según lo ordenado por el juez Antonio González García, quien estaba a cargo del Juzgado Sexto en ese momento.

 

Este avance legal marca un nuevo capítulo en un caso que ha mantenido la atención del público y las autoridades durante décadas, y destaca la importancia de la justicia y la transparencia en la investigación de casos de presunta tortura y violaciones a los derechos humanos.

Cuestiones de Política 

Directorio

Suprema Corte Invalida Reforma Eléctrica de AMLO

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el amparo a seis empresas y declaró la inconstitucionalidad de las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica vigentes desde marzo de 2021. Estos cambios, que favorecían a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas generadoras de energía, fueron señalados por generar distorsiones en el sector.

El fallo, que se aplicará de manera general a todos los participantes del mercado eléctrico nacional, destaca que las normas impugnadas afectan indiscriminadamente a todos los agentes involucrados. Las empresas que obtuvieron el amparo son Recursos Solares PV de México IV, S.A. de C.V., BNB Villa Ahumada Solar S. de R.L. de C.V., Engie Abril PV S. de R. L. de C.V., Eólica Tres Mesas 4 S. de R.L. de C.V., Tractabel Energía de Pánuco S.A. de C.V., y Tractabel Energía de Monterrey S. de R.L. de C.V.

Aunque el amparo se concedió solo a las empresas demandantes, la sentencia anticipa que el resto de los participantes del mercado también se verán beneficiados por un efecto colateral. El tribunal reconoció que las reformas impugnadas crean barreras que obstaculizan la competencia efectiva en el mercado de generación de energía.

La resolución destaca que la priorización en el despacho de energía perjudica directamente a las energías limpias, vulnerando el principio de desarrollo sustentable. La Segunda Sala desestimó los argumentos del Ejecutivo federal y las Cámaras del Congreso de la Unión, que buscaban justificar las reformas en la seguridad del despacho y el fortalecimiento de la CFE.

Expertos opinan que, aunque este fallo marca el cierre a nivel legal, la lucha podría continuar debido a los retrasos en la emisión de permisos a particulares por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Desde la suspensión de actividades por la pandemia en 2020, se ha acusado a la CRE de postergar los permisos para favorecer a empresas estatales, lo que podría resultar en más litigios mediante el amparo indirecto.

Cabe destacar que las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica fueron uno de los motivos por los cuales Estados Unidos y Canadá activaron el mecanismo de solución de controversias contra México bajo el T-MEC, argumentando que atentaban contra el principio de trato no discriminatorio al beneficiar a la CFE en el despacho eléctrico.