Diputados aprueban prohibición nacional de vapeadores con sanciones penales; avanza al Senado

La Cámara de Diputados aprobó, tras más de ocho horas de debate, una reforma a la Ley General de Salud que prohíbe en todo el país la adquisición, fabricación, venta, importación, exportación y distribución de vapeadores, cigarrillos electrónicos y dispositivos análogos. La discusión estuvo marcada por críticas de legisladores opositores, quienes señalaron que la propuesta criminaliza actividades relacionadas con estos productos. El dictamen fue avalado con 292 votos a favor y 163 en contra, y ahora será analizado por el Senado de la República.

La reforma establece penalidades que van de uno a ocho años de prisión y multas de hasta dos mil veces el valor diario de la UMA, equivalentes a 226 mil 280 pesos, para quienes incumplan las disposiciones. Uno de los puntos relevantes incorporados al documento fue la reserva presentada por el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, mediante la cual se excluyen del régimen de prohibición el consumo y la posesión de vapeadores, siempre que no se destinen a fines de comercio, distribución o producción.

El texto aprobado señala que queda prohibida la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, mezclado, acondicionamiento, envasado, almacenamiento, transporte comercial, importación, exportación, comercio y suministro de los dispositivos mencionados, incluidos los de un solo uso. La excepción incorporada permite únicamente su posesión y consumo sin vínculo con actividades comerciales.

Durante la discusión en lo particular, la diputada Iraís Reyes, de Movimiento Ciudadano, calificó la reforma como “la más prohibicionista, autoritaria y absurda en la historia”. Al intervenir, sostuvo que el dictamen contempla “penas de hasta ocho años de cárcel… ocho años por un vapeador”, mientras utilizaba un dispositivo en tribuna. Legisladores del PAN también manifestaron su inconformidad.

Éctor Jaime Ramírez acusó a la mayoría de impulsar medidas que derivarían en encarcelamientos por portar vapeadores, acompañado de compañeros de bancada que mostraron carteles con la frase “La salud no se improvisa, se protege”. A su lado, la diputada Verónica Pérez Herrera utilizó igualmente un vapeador.

Desde el PRI, Ana Isabel González comparó las sanciones previstas con las aplicadas al narcomenudeo. Desde una zona rodeada de pancartas que señalaban “Morena quiere meter a la cárcel a los jóvenes”, afirmó que la reforma “abre la puerta a que cualquier persona que adquiera un vapeador o cigarrillo electrónico… tiene una pena entre uno y ocho años de cárcel”.

El proyecto impulsado por la presidenta Claudia Sheinbaum incluye también la prohibición total de publicidad y propaganda que promueva el uso de vapeadores o dispositivos análogos a través de medios impresos, televisivos, radiofónicos, digitales o cualquier plataforma de comunicación. Además, contempla restricciones para la producción, distribución y comercialización de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas, así como la prohibición del uso ilícito de fentanilo.

De forma adicional, el dictamen incorpora medidas para avanzar en la universalidad del sistema nacional de salud. Entre ellas se encuentra el intercambio de servicios entre instituciones públicas para asegurar atención oportuna, la compra consolidada de medicamentos y la ampliación del acceso a servicios de salud digital como parte de las acciones de salubridad general.

CDMX prohíbe negar renta o venta de vivienda a personas con niños o mascotas con nueva reforma

A partir de este martes entra en vigor en la Ciudad de México una reforma que prohíbe negar la compra o renta de un inmueble a personas por tener hijos o mascotas, luego de su publicación en la Gaceta Oficial capitalina este lunes. La modificación al artículo 4 de la Ley de Vivienda busca garantizar un acceso más equitativo a la vivienda y frenar prácticas de discriminación comunes en el mercado inmobiliario.

Hasta antes de esta reforma, la ley ya contemplaba sanciones contra actos discriminatorios relacionados con condición económica, origen étnico, apariencia física, color de piel, lengua, género, edad, discapacidad, condición social, salud, embarazo, religión, opiniones, orientación sexual, identidad y expresión de género, características sexuales, estado civil y creencias políticas.

Con la nueva actualización, se incorpora el concepto de “cohabitación con infancias y seres sintientes”, término que reconoce tanto a los menores de edad como a los animales de compañía como parte del entorno familiar. Esta inclusión amplía el alcance de protección para quienes buscan comprar o rentar un espacio en la capital.

La reforma fue aprobada en agosto pasado por el pleno del Congreso de la Ciudad de México, tras una iniciativa impulsada por la Comisión de Vivienda, con el propósito de fortalecer los derechos habitacionales de las familias y eliminar los filtros discriminatorios que aún persisten en contratos de arrendamiento.

Durante la discusión en el Congreso, la diputada del Partido del Trabajo, Diana Barragán Sánchez, argumentó que una parte considerable del abandono de animales se relaciona directamente con este tipo de restricciones inmobiliarias. “El 40% del abandono de animales se debe a las restricciones para rentar o comprar vivienda, y el 25% de las quejas presentadas ante el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México están vinculadas con infancias y animales”, señaló.

Con esta medida, los arrendadores, agentes inmobiliarios y propietarios deberán abstenerse de negar contratos o imponer condiciones especiales a quienes vivan con niños o mascotas, ya que hacerlo podría considerarse una práctica discriminatoria sancionable bajo la legislación local.

El cambio legal coloca a la Ciudad de México como una de las primeras entidades en el país en reconocer legalmente el derecho a la vivienda sin discriminación por cohabitación familiar o animal, un paso relevante dentro del marco de políticas públicas orientadas a la inclusión social y la protección de los llamados seres sintientes.

Choque de Poderes: Banda Sinaloense se impone ante decreto estatal en Michoacán

El grupo musical Los Alegres del Barranco ha obtenido un amparo federal que les permite continuar con sus presentaciones en el estado de Michoacán, a pesar del decreto estatal que prohíbe espectáculos donde se promueva la apología del delito. La resolución ha generado una inmediata reacción del gobierno estatal, que anunció una queja formal ante el Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación.

El conflicto se desató tras la publicación del decreto el pasado 16 de abril en el Diario Oficial del Estado de Michoacán. Dicho documento restringe las presentaciones de artistas que, a juicio de las autoridades, fomenten la violencia o engrandezcan figuras del crimen organizado en eventos públicos, como fiestas populares, jaripeos o palenques.

El juez Sergio Santamaría Chamú, titular del Juzgado Primero de Distrito en Michoacán, otorgó la suspensión provisional del decreto exclusivamente a Los Alegres del Barranco, en el juicio de amparo 518/2025. El juez argumentó que la medida estatal carece de un análisis contextual suficiente para justificar su aplicación generalizada en los 113 municipios del estado.

Carlos Torres Piña, secretario de Gobierno de Michoacán, expresó su inconformidad con la decisión judicial. Desde su perspectiva, la suspensión no solo contradice la Ley de Amparo, sino que además representa un riesgo para la seguridad y el bienestar social al permitir espectáculos que podrían alentar indirectamente la cultura del crimen.

“Vamos a presentar una queja ante esta suspensión provisional que emite este juez, porque expresamente va contra el interés popular y porque quieren que siga haciéndose apología del delito”, puntualizó el funcionario estatal.

Aunque la medida judicial representa un revés temporal para el gobierno michoacano, no extingue el debate de fondo sobre la regulación de los contenidos musicales en eventos masivos. La situación se complica aún más debido a las investigaciones abiertas contra Los Alegres del Barranco en el estado de Jalisco. 

La Fiscalía General del Estado mantiene cuatro carpetas activas por presunta apología del delito, tras presentaciones en las que se proyectaron imágenes y se interpretaron letras alusivas a Nemesio Oseguera Cervantes, alias “El Mencho”, líder del Cártel Jalisco Nueva Generación.

La banda sinaloense ha anunciado su intención de actuar el próximo 30 de mayo en Maravatío, Michoacán. Hasta ahora, Mario Pérez Flores, alcalde del municipio y militante de Morena, no ha emitido comentarios oficiales sobre el evento ni sobre el cumplimiento del decreto estatal.

La confrontación entre el Poder Judicial y el Ejecutivo estatal marca un episodio más en la compleja discusión sobre libertad de expresión, seguridad pública y cultura popular en el país.