CDMX prohíbe negar renta o venta de vivienda a personas con niños o mascotas con nueva reforma

A partir de este martes entra en vigor en la Ciudad de México una reforma que prohíbe negar la compra o renta de un inmueble a personas por tener hijos o mascotas, luego de su publicación en la Gaceta Oficial capitalina este lunes. La modificación al artículo 4 de la Ley de Vivienda busca garantizar un acceso más equitativo a la vivienda y frenar prácticas de discriminación comunes en el mercado inmobiliario.

Hasta antes de esta reforma, la ley ya contemplaba sanciones contra actos discriminatorios relacionados con condición económica, origen étnico, apariencia física, color de piel, lengua, género, edad, discapacidad, condición social, salud, embarazo, religión, opiniones, orientación sexual, identidad y expresión de género, características sexuales, estado civil y creencias políticas.

Con la nueva actualización, se incorpora el concepto de “cohabitación con infancias y seres sintientes”, término que reconoce tanto a los menores de edad como a los animales de compañía como parte del entorno familiar. Esta inclusión amplía el alcance de protección para quienes buscan comprar o rentar un espacio en la capital.

La reforma fue aprobada en agosto pasado por el pleno del Congreso de la Ciudad de México, tras una iniciativa impulsada por la Comisión de Vivienda, con el propósito de fortalecer los derechos habitacionales de las familias y eliminar los filtros discriminatorios que aún persisten en contratos de arrendamiento.

Durante la discusión en el Congreso, la diputada del Partido del Trabajo, Diana Barragán Sánchez, argumentó que una parte considerable del abandono de animales se relaciona directamente con este tipo de restricciones inmobiliarias. “El 40% del abandono de animales se debe a las restricciones para rentar o comprar vivienda, y el 25% de las quejas presentadas ante el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México están vinculadas con infancias y animales”, señaló.

Con esta medida, los arrendadores, agentes inmobiliarios y propietarios deberán abstenerse de negar contratos o imponer condiciones especiales a quienes vivan con niños o mascotas, ya que hacerlo podría considerarse una práctica discriminatoria sancionable bajo la legislación local.

El cambio legal coloca a la Ciudad de México como una de las primeras entidades en el país en reconocer legalmente el derecho a la vivienda sin discriminación por cohabitación familiar o animal, un paso relevante dentro del marco de políticas públicas orientadas a la inclusión social y la protección de los llamados seres sintientes.

Sheinbaum impulsa reforma integral de salud: Tecnología, abasto y sanciones contra vapeadores

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de 294 páginas para reformar de manera integral el sistema de Salud en México. El proyecto busca consolidar contrataciones de medicamentos, equipo médico e insumos, con el objetivo de mejorar la eficiencia y garantizar un abasto adecuado en el país.

La propuesta plantea fortalecer la Secretaría de Salud como instancia rectora, vinculando la atención a la población con el Plan México, que promueve el desarrollo económico equitativo y sustentable. Entre los ejes centrales se incluye el impulso a la industria nacional en la producción de insumos y la agilización de trámites ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

Uno de los puntos relevantes es la incorporación de la salud digital y la planeación de infraestructura médica como materias de salubridad general. Esto permitirá implementar servicios de telesalud y telemedicina para ampliar la cobertura sin necesidad de desplazamiento. El documento señala que se aplicarán tecnologías de la información y la comunicación en la atención, con herramientas como registros electrónicos, dispositivos portátiles y aplicaciones de salud móvil.

La iniciativa también establece la prohibición absoluta de cigarrillos electrónicos, vapeadores y sistemas análogos. Se incluye en esta medida todo lo relacionado con su adquisición, fabricación, envasado, transporte, importación, exportación, distribución y venta en el territorio nacional. El texto precisa que estas restricciones se extienden a estupefacientes, precursores químicos y aditivos usados en la elaboración de dichos productos.

Para reforzar este punto, se adiciona el artículo 414 Bis, que contempla el aseguramiento de vapeadores y sustancias asociadas, y se crea el artículo 456 Bis, que fija sanciones de uno a ocho años de prisión, además de multas de 100 a dos mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, para quienes realicen conductas prohibidas. Todas las autorizaciones sanitarias previas relacionadas con estos dispositivos quedarán sin efectos en cuanto entre en vigor el decreto, y se notificará a los titulares para el cese de actividades.

El documento subraya la intención de garantizar el acceso universal a la atención médica mediante el intercambio de servicios entre instituciones públicas. Con ello, se busca ampliar la cobertura y asegurar la atención oportuna y de calidad.

Asimismo, se contempla la integración de la demanda de medicamentos, equipo de alta tecnología e insumos, con procesos de contratación consolidada. En este esquema participarán las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que prestan servicios de salud, asistencia social y salud pública, conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.