México neutraliza el IEPS a videojuegos para adultos, exenta el nuevo impuesto desde 2026

El Gobierno de México publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que exenta del pago del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) a la venta y distribución de videojuegos con contenido violento, extremo o clasificado para adultos. El documento, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum, otorga un estímulo fiscal del 100% al gravamen que estaba previsto para entrar en vigor el 1 de enero de 2026.

La medida se emite tras la reforma a la Ley del IEPS aprobada en noviembre pasado, la cual estableció la aplicación del impuesto a partir de 2026 por la enajenación de videojuegos físicos no aptos para menores de 18 años, así como por los servicios digitales que permitan su acceso o descarga, incluidos aquellos prestados desde el extranjero. Con el decreto, el Ejecutivo federal busca facilitar el cumplimiento fiscal y evitar afectaciones económicas en el sector.

De acuerdo con el texto oficial, el estímulo fiscal equivale al 100% del IEPS que deba pagarse por estas actividades, siempre que el impuesto no sea trasladado al consumidor final. El monto del estímulo será acreditable contra el propio IEPS causado, pero no dará lugar a devoluciones ni a compensaciones de ningún tipo.

El beneficio aplica a los vendedores de videojuegos en formato físico, a los residentes en el extranjero que no cuenten con establecimiento permanente en México y a los residentes en el país que ofrezcan estos contenidos mediante servicios digitales. El decreto precisa que el Ejecutivo cuenta con facultades para dictar medidas orientadas a facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y para otorgar subsidios o estímulos, conforme a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación.

Además del estímulo, el decreto libera a los contribuyentes que lo apliquen del cumplimiento de diversas obligaciones fiscales formales previstas en la Ley del IEPS. En el caso específico de los prestadores de servicios digitales, quedarán exentos de las obligaciones contempladas en los artículos 5o.-A Bis y 20-A de dicha ley, lo que implica que no se les aplicará el bloqueo temporal de plataformas por incumplimientos relacionados con este impuesto.

No obstante, la exención no alcanza a las obligaciones vinculadas con el impuesto al valor agregado (IVA). Los proveedores de servicios digitales deberán continuar cumpliendo con lo dispuesto en la Ley del IVA en materia de prestación de servicios.

El decreto también establece que el estímulo fiscal no será considerado ingreso acumulable para efectos del impuesto sobre la renta, y que los contribuyentes quedarán relevados de presentar el aviso correspondiente ante la autoridad fiscal. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) estará facultado para emitir las reglas necesarias para la correcta aplicación del estímulo.

El estímulo entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la misma fecha en que comenzaría a aplicarse el IEPS a estos videojuegos, lo que en la práctica neutraliza el impacto del nuevo gravamen mientras se mantengan las condiciones previstas. La semana pasada, la presidenta Sheinbaum informó que su administración decidió no cobrar el impuesto del 8% a los videojuegos debido a las dificultades para hacer efectiva su aplicación.

Buscan frenar acceso de menores a bebidas energizantes: Multas superarían 1.3 millones de pesos

En un nuevo intento por regular el consumo de bebidas energizantes en México, la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Abigail Arredondo Ramos, presentó una iniciativa ante la Comisión Permanente para prohibir su venta a menores de edad. La propuesta contempla sanciones que, en casos graves, podrían superar 1 millón 357 mil pesos.

El planteamiento busca modificar la Ley General de Salud mediante la adición de los artículos 215 y 216, estableciendo definiciones claras y restricciones precisas. En primer término, se propone que una bebida energizante sea considerada como toda bebida no alcohólica que contenga combinaciones de sustancias como glucuronolactona, taurina, cafeína, guaraná, extractos de azúcar, acidulantes u otros ingredientes estimulantes, con el fin de aumentar la energía física o mental.

La iniciativa establece que estará prohibida la venta, distribución o suministro de estos productos a menores de 18 años. Asimismo, los comercios que expendan bebidas alcohólicas al copeo deberán abstenerse de ofrecer energizantes de manera conjunta o alternada con alcohol.

En el apartado de etiquetado, la propuesta es clara: los envases deberán mostrar, con un tamaño de letra superior al de la lista de ingredientes, las siguientes advertencias: “Venta prohibida a menores de 18 años”; “No mezclar ni consumir con bebidas alcohólicas”; “No se recomienda su consumo para mujeres embarazadas o en lactancia, ni para personas sensibles a la cafeína o con problemas de tensión nerviosa”; y “No se recomienda su consumo con fines deportivos o de actividad física intensa”.

En cuanto a sanciones, la propuesta detalla que el incumplimiento en la restricción de venta o consumo a menores podrá implicar multas de hasta 226 mil 280 pesos. En el caso de no cumplir con el etiquetado establecido, las sanciones se elevarían hasta 1 millón 357 mil 680 pesos.

La diputada subrayó que la iniciativa también prohíbe explícitamente el consumo simultáneo o alternado de bebidas energizantes y alcohólicas en establecimientos, con el objetivo de reducir riesgos a la salud asociados a la combinación de estimulantes con alcohol.

Este proyecto se suma a la propuesta presentada el 9 de julio por Ricardo Monreal Ávila, coordinador de la bancada de Morena en el Senado, que igualmente plantea restringir la venta, distribución y suministro de bebidas energéticas a menores de edad.

De aprobarse, la medida representaría un cambio sustancial en la regulación de estos productos en México, con el fin de proteger la salud de la población joven y establecer controles más estrictos para su comercialización y etiquetado.

Querétaro Impulsa ley Kuri para restringir redes sociales a menores de 14 años

El gobernador de Querétaro, Mauricio Kuri, ha presentado una iniciativa de ley para prohibir el acceso a redes sociales a menores de 14 años en el estado. La medida busca proteger a la infancia de los peligros que pueden surgir en plataformas digitales, como el ciberacoso y el acoso sexual. 

Kuri explicó que semanalmente el gobierno estatal atiende un promedio de 36 denuncias de ciberacoso, bullying y abuso en línea, especialmente contra niñas y mujeres jóvenes. En este contexto, la iniciativa propone impedir que las empresas de redes sociales permitan el acceso a menores de 14 años, con el objetivo de reducir estos riesgos.

 

Además, la propuesta establece que los adolescentes de entre 15 y 17 años solo podrán acceder a redes sociales con autorización expresa de sus padres o tutores. De igual forma, plantea restringir el uso de teléfonos inteligentes en el sistema educativo estatal para fomentar la interacción social en el entorno escolar.

 

Otra de las medidas destacadas en la iniciativa es el endurecimiento de las sanciones contra pederastas y acosadores digitales, reforzando el castigo a quienes cometan delitos en línea contra menores de edad. “Quiero que nuestros niños cambien la pantalla por sus amigos”, declaró el gobernador en su cuenta de X.

 

El senador local Agustín Dorantes, quien recibió la propuesta, la denominó “Ley Kuri” y agradeció al gobernador por su compromiso con la infancia. Dorantes resaltó que el Senado trabaja en un marco legal que garantice un entorno digital seguro para los menores.

 

Esta iniciativa ha generado un debate sobre el acceso a la tecnología y la seguridad en línea. Mientras algunos sectores consideran que la regulación ayudará a proteger a los menores, otros argumentan que la educación digital y la supervisión parental son clave para enfrentar estos desafíos. En los próximos meses, el Congreso local analizará la propuesta y determinará su viabilidad para convertirla en ley.