TEPJF Ordena a López Obrador Guardar Silencio en Temas Electorales

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha dictaminado que el presidente Andrés Manuel López Obrador debe abstenerse de hacer declaraciones relacionadas con asuntos electorales y ceñirse a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.

Esta determinación se desprende de la resolución emitida en respuesta a la impugnación presentada por el propio mandatario mexicano bajo el expediente SUP-REP-168/2024. En dicho fallo, se ordena a López Obrador ajustar su conducta a lo establecido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).

La impugnación en cuestión fue presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), quien denunció que durante una conferencia de prensa el 11 de enero de 2024, el presidente acusó al proceso interno del PAN, PRI y PRD para designar su candidata como una “farsa”.

El INE falló a favor del PAN, solicitando la aplicación de medidas cautelares contra el presidente, al considerar que este ha utilizado indebidamente recursos públicos al hacer tales declaraciones durante sus conferencias desde Palacio Nacional.

Los magistrados de la Sala Superior han ratificado la sentencia que ordena al presidente abstenerse de realizar manifestaciones o emitir comentarios, destacando la vulneración de los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda electoral.

PAN, PRI y PRD impugnarán sentencia del TEPJF en Nuevo León

En respuesta a la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en Nuevo León, que excluyó al PAN de la coalición Fuerza y Corazón, el presidente nacional del PAN, Marko Cortés, ha denunciado lo que calificó como una sentencia “amañada y aberrante”.

En una conferencia de prensa en Nuevo León, Cortés anunció que el PAN, junto con el PRI y el PRD, presentarán una impugnación ante la Sala Regional del Tribunal Electoral. Acompañado por los líderes estatales de los tres partidos, Cortés acusó al gobernador Samuel García, a Movimiento Ciudadano y a Morena de estar detrás de esta medida.

Cortés destacó que la coalición está lista para enfrentar cualquier obstáculo y aseguró que prevalecerán no solo en revertir la decisión del Tribunal local, sino también en lograr la victoria en el próximo proceso electoral.

Asimismo, lamentó la supuesta interferencia de Movimiento Ciudadano y de Samuel García en el proceso electoral, describiendo su actuación como una “complicidad vergonzosa” con Morena.

El líder del PAN también expresó su confianza en que el TEPJF revertirá la decisión y restablecerá la coalición en Nuevo León, haciendo referencia a un supuesto desconocimiento por parte de los magistrados locales de una sesión de la Comisión Permanente Nacional en la que se aprobaron diversas candidaturas.

Morena impugna convenio de la coalición de Fuerza y Corazón por México

El partido Morena ha presentado una impugnación ante el Tribunal Electoral en respuesta a la modificación realizada al convenio de coalición de “Fuerza y Corazón X México”, que une al PAN, PRI y PRD en su competencia conjunta por la Presidencia de la República y el Congreso.

El pasado 21 de febrero, el Consejo General del INE aprobó la alteración del convenio de coalición de la oposición para la Presidencia de la República, así como para 60 fórmulas del Senado y 294 para la Cámara de Diputados.

Durante la misma sesión, se ratificó una modificación al convenio de la coalición “Sigamos Haciendo Historia”, conformada por Morena, PT y Partido Verde, debido a que se acercaba la fecha límite para aprobar los cambios.

El representante de Morena, Sergio Gutiérrez Luna, señaló que esta modificación no contó con la aprobación del Consejo Político Nacional del PRI ni del Consejo Político Nacional del PAN, a pesar de lo estipulado en sus estatutos.

Además, destacó que aunque la fecha límite para presentar modificaciones era el 14 de febrero, la coalición entregó la documentación de manera extemporánea hasta el día 16.

Gutiérrez Luna afirmó: “Al incurrir la autoridad responsable en tales violaciones al principio de legalidad y certeza electoral, así como al de imparcialidad en su actuar, es necesario revocar la resolución reclamada, dejando en manos de esta Sala Superior los efectos a determinar”.