El uso comercial de símbolos de la cultura maya por parte de Grupo Xcaret quedó sin efecto este jueves, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinara revocar la suspensión definitiva que permitía a la empresa continuar empleando dichos elementos en su publicidad y plataformas digitales.
La decisión fue tomada por el Pleno del máximo tribunal, que consideró que la protección del patrimonio cultural indígena tiene mayor peso que el interés comercial de una empresa privada. Durante la sesión estuvieron presentes integrantes del Gran Consejo Maya de Quintana Roo, organismo que desde 2022 inició el reclamo contra el uso de símbolos mayas en la promoción turística del corporativo.
El caso se originó cuando el Consejo exigió a la empresa abstenerse de utilizar elementos culturales del pueblo maya en su publicidad. Posteriormente, Grupo Xcaret promovió un amparo que fue analizado por el Juzgado Décimo Sexto en Materia Administrativa de la Ciudad de México. En ese momento, el juez concedió una suspensión definitiva que permitió a la compañía continuar empleando las imágenes y símbolos con fines promocionales, principalmente para atraer turistas.
Sin embargo, el escenario cambió tras la intervención del máximo tribunal. En octubre de 2025, el ministro presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, decidió atraer el caso para su análisis. La resolución final fue presentada por la ministra María Estela Ríos González, quien propuso revocar la suspensión al considerar que corresponde a los pueblos indígenas decidir sobre el uso de su patrimonio cultural.
El fallo se sustentó en la reforma de 2024 al artículo 2 constitucional, relacionada con los derechos de los pueblos indígenas, así como en la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos. Bajo estos criterios, la Corte concluyó que la empresa deberá retirar cualquier elemento alusivo a la cultura maya de sus espacios de publicidad y medios de difusión.
En el documento, la ministra explicó que el uso de estos símbolos no es indispensable para la actividad comercial de la empresa. “El giro comercial de la quejosa (Xcaret), dada su naturaleza, no torna necesario que en sus páginas de internet haga uso de elementos culturales propios del Pueblo Maya, ya que el funcionamiento real para prestar servicios de hotelería, atracciones, restaurantes, etcétera“, se expresa en el fallo.
Con esta determinación, el máximo tribunal dejó sin efecto la resolución previa que permitía a Grupo Xcaret continuar utilizando referencias culturales mayas en su promoción turística. La decisión marca un precedente en torno a la protección del patrimonio cultural indígena y reconoce el derecho de las comunidades a decidir sobre el uso de sus símbolos y tradiciones.
