Suprema Corte detiene decisión clave sobre prisión preventiva; lo decidiran nuevos ministros

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retiró de sus listas de discusión un proyecto que proponía limitar la prisión preventiva oficiosa, figura jurídica señalada por organismos internacionales por su uso automático y sin control judicial. La propuesta, elaborada por la ministra Margarita Ríos Farjat, quedará ahora en manos del nuevo pleno que se conformará tras la toma de protesta de nueve ministros electos por voto popular.

Este proyecto respondía a la acción de inconstitucionalidad 49/2021 y fue incluido inicialmente en la agenda del máximo tribunal para ser abordado en las últimas sesiones del periodo actual. Sin embargo, ya no aparece en el orden del día de la próxima reunión del pleno, prevista para el martes siguiente a su publicación.

En el documento retirado, Ríos Farjat planteaba que el uso automático de la prisión preventiva, previsto en el artículo 19 de la Constitución, debía interpretarse a la luz de los derechos humanos y los compromisos internacionales asumidos por México. En su análisis, proponía que los jueces abrieran el debate sobre su aplicación sin requerir solicitud expresa del Ministerio Público, acercando el procedimiento al de la prisión preventiva justificada.

 “El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente” es la frase constitucional cuya interpretación fue central en el proyecto. La ministra sugería entenderla como una obligación del juzgador de iniciar un análisis sobre la pertinencia de aplicar esta medida cautelar, sin que ello implicara su imposición automática. Esta interpretación buscaba alejar al sistema penal del uso obligatorio de medidas privativas de libertad sin revisión judicial adecuada.

El retiro del proyecto coincidió con la revelación de una solicitud del gobierno federal dirigida a la ministra presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández. En dicha petición, se planteó posponer la discusión y votación de todos los temas vinculados a la prisión preventiva oficiosa. Esta medida también incluye los asuntos relacionados con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la cual condenó a México a eliminar la figura del arraigo y a reformular la prisión preventiva oficiosa conforme a los estándares internacionales.

Con la decisión de la SCJN, el análisis del tema queda aplazado hasta que los nuevos ministros se integren al pleno. La Corte, en consecuencia, no resolverá en el corto plazo una de las controversias más relevantes en materia de derechos humanos y justicia penal que enfrenta el sistema jurídico mexicano.

SCJN rechaza impedimentos y discute suspensiones en elección judicial por falta de imparcialidad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró improcedentes los impedimentos solicitados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en contra de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek y la ministra presidenta Norma Piña Hernández. La petición buscaba excluirlos de la resolución sobre el conflicto entre la autoridad electoral y los jueces federales que otorgaron suspensiones contra el proceso electoral en curso. 

Este jueves, la SCJN analiza el proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena, que sostiene que el TEPJF no tiene facultades para impedir el acatamiento de suspensiones definitivas otorgadas por jueces federales en torno a la elección judicial. El conflicto de criterios surge porque el TEPJF considera que los jueces de amparo no pueden suspender un proceso electoral, lo que ha generado una petición formal para que la SCJN resuelva la contradicción.

 

Los magistrados del TEPJF argumentaron que los cuatro ministros debían ser retirados del caso por una posible “falta de imparcialidad” en sus posturas sobre la reforma judicial. Sin embargo, la SCJN determinó que no se trata de un litigio contencioso con intereses particulares en disputa, sino de una cuestión de interés público.

 

La ministra presidenta Norma Piña Hernández enfatizó que el TEPJF no debe tener un interés específico en la resolución de este caso. También recordó que, durante la discusión de la acción de inconstitucionalidad contra la reforma judicial en noviembre pasado, ningún ministro se declaró impedido pese a haber expresado posturas previas.

 

El ministro Pardo Rebolledo indicó que todos los integrantes de la SCJN deben coincidir en que corresponde a la Corte resolver este conflicto para garantizar certeza jurídica. Asimismo, rechazó haber participado en “labores de activismo” en contra de la reforma judicial.

 

El ministro Laynez Potisek denunció un uso abusivo de la figura del impedimento, sugiriendo que su aplicación en este caso busca bloquear la capacidad de la SCJN para resolver el asunto. Advirtió que, si los impedimentos fueran aprobados, la SCJN perdería el quórum necesario para emitir una decisión.

 

Por otro lado, la ministra Loretta Ortiz solicitó aplazar la discusión del fondo del asunto hasta resolver primero las solicitudes de impedimento. En contraste, la ministra Lenia Batres argumentó que los impedimentos sí son procedentes debido a las implicaciones de validar suspensiones contra la reforma judicial.

 

Este debate refleja un profundo desacuerdo dentro del Poder Judicial sobre la aplicación y alcance de la reforma judicial, así como la distribución de facultades entre la SCJN y el TEPJF.