El TEPJF Determina Violencia Política de Género de AMLO Contra Xóchitl Gálvez

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha concluido que el presidente Andrés Manuel López Obrador incurrió en violencia política de género contra Xóchitl Gálvez, ex candidata presidencial del PRI, PAN y PRD.

Pese a esta determinación, las leyes actuales no permiten sancionar al Presidente por este tipo de infracciones electorales, limitándose a reconocer su responsabilidad.

La senadora Gálvez presentó una denuncia señalando que el Presidente realizó comentarios constitutivos de violencia política en 11 conferencias matutinas. La Sala Especializada del TEPJF corroboró la infracción, destacando las declaraciones de López Obrador donde afirmaba que Gálvez obtuvo la candidatura por decisión de un grupo de personas con poder político, quienes la designaron para utilizar su imagen como una mujer de pueblo y así atraer la simpatía del electorado.

Estas declaraciones del mandatario, según el tribunal, constituyen violencia simbólica, ya que buscan menoscabar el reconocimiento de los derechos políticos de Gálvez basándose en su género y origen indígena, reforzando estereotipos de inferioridad o dependencia para acceder a cargos públicos, y negando su autonomía en la toma de decisiones.

Adicionalmente, el tribunal subrayó que el Presidente se niega a reconocer la trayectoria de Gálvez como funcionaria pública. Asimismo, se estableció su responsabilidad indirecta en relación con las personas que participan en la difusión de las conferencias matutinas, y se notificó a las áreas correspondientes.

Tribunal Electoral absuelve a Xóchitl Gálvez en controversia por uso de imagen del INE

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha alcanzado una resolución en el caso relacionado con la candidata presidencial de la oposición, Xóchitl Gálvez. Tras la presentación de una denuncia por parte de Morena, se ha determinado que Gálvez no infringió la ley electoral al utilizar el logo y la imagen del Instituto Nacional Electoral (INE) en una campaña que destaca la independencia de los programas sociales de cualquier partido político.

La denuncia de Morena alegaba que el uso de la imagen del INE por parte de Gálvez constituía una violación a los principios de certeza, legalidad y equidad en el proceso electoral. Sin embargo, el Tribunal Electoral ha concluido que no se cometió dicha violación.

De acuerdo con el proyecto presentado ante el Tribunal Electoral, la publicación compartida por la candidata de la coalición ‘Fuerza y Corazón por México’ tenía como objetivo respaldar su solicitud al Instituto Nacional Electoral para llevar a cabo una campaña que aclarara la separación de los programas sociales de los fines electorales.

La resolución del TEPJF también destacó que la acción de Xóchitl Gálvez se enmarca dentro de la libertad de expresión y que no provocó confusión entre la ciudadanía. Este veredicto pone fin a la controversia sobre el uso de la imagen del INE por parte de la candidata presidencial, marcando un punto de inflexión en el caso.