La Cámara de Diputados anunció la declaratoria de publicidad del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LXV Legislatura, que amplía la lista de delitos sujetos a prisión preventiva oficiosa. Este catálogo ahora incluye delitos relacionados con temas de seguridad y control fiscal, además de los previamente establecidos.
El dictamen sostiene que la prisión preventiva oficiosa es una herramienta que, al limitar de manera cautelar la libertad de los posibles infractores, contribuye al control de la criminalidad, a la investigación de delitos y al fortalecimiento de la paz y el orden social.
Delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa
- Extorsión: Obtener beneficios mediante amenazas o coerción a personas o grupos.
- Narcomenudeo: Venta y distribución de drogas a pequeña escala.
- Fentanilo y drogas sintéticas: Producción, distribución y comercialización de estas sustancias peligrosas.
- Defraudación fiscal: Engaños u omisiones para evitar el pago de impuestos.
- Contrabando: Importación o exportación de mercancías fuera de la normativa legal.
- Emisión de comprobantes fiscales falsos: Actividades fraudulentas con facturas o comprobantes para evasión fiscal.
Jueces con facultad para aplicar prisión preventiva oficiosa
El dictamen, resultado de una iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 5 de febrero de 2024, estipula que a partir de su entrada en vigor, todas las disposiciones en leyes secundarias y reglamentos que se opongan a este decreto serán derogadas. El Congreso de la Unión tendrá un plazo de 80 días para armonizar el marco legal con esta reforma.
Esta modificación busca dotar a los jueces de autoridad para imponer prisión preventiva de manera obligatoria en estos delitos, limitando interpretaciones que reduzcan la aplicación de esta medida cautelar.