Un paso crucial para la justicia trans en CDMX con la entrada de la “Ley Paola Buenrostro”

El 23 de agosto marca un día histórico en la Ciudad de México con la publicación de la Ley Paola Buenrostro en la Gaceta Oficial, una legislación que redefine el panorama de los derechos humanos y la justicia para las mujeres trans en el país. Esta ley tipifica el transfeminicidio como un delito, imponiendo penas que van desde los 35 hasta los 70 años de prisión, un castigo severo que busca frenar la violencia extrema contra este sector vulnerable de la población.

 

Con la entrada en vigor de esta legislación, la Ciudad de México se convierte en la segunda entidad federativa en México, después de Nayarit, en reconocer el transfeminicidio como un delito. La Ley Paola Buenrostro, nombrada en honor a la primera víctima de transfeminicidio reconocida en el país, tiene como objetivo garantizar el acceso a la justicia para las víctimas de la violencia transmisógina y erradicar la impunidad que ha prevalecido en casos de violencia extrema contra mujeres trans.

 

“Es un acto de justicia histórica para nuestras compañeras trans que han sido víctimas de odio y violencia. La Ley Paola Buenrostro no solo honra la memoria de Paola, sino que envía un mensaje claro: la violencia transmisógina no será tolerada en nuestra ciudad”, expresó una activista trans durante una manifestación frente al Congreso de la Ciudad de México.

 

La ley contempla reformas significativas en el Código Penal, el Código Civil, la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia y la Ley de Víctimas de la Ciudad de México. Estas modificaciones no solo establecen el transfeminicidio como un delito autónomo, sino que también agravan las penas cuando el crimen se comete bajo circunstancias específicas, como en el contexto del trabajo sexual, en presencia de personas cercanas a la víctima, o cuando la víctima es menor de edad, tiene alguna discapacidad, o es una persona adulta mayor trans.

 

El artículo 148 Ter del Código Penal, ahora modificado, define el transfeminicidio como “el acto de privar de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género”. Además, se añaden agravantes que aumentan la condena hasta en una tercera parte cuando el delito se perpetra con saña relacionada con la identidad o expresión de género de la víctima.

 

Otra adición crucial es la modificación del artículo 118 del Código Civil, que ahora permite que, en caso de fallecimiento de una persona transgénero, y si sus familiares se niegan a realizar el trámite de defunción o podrían vulnerar su identidad, una persona de su familia social, definida según la Ley de Víctimas de la Ciudad de México, pueda realizar dicho trámite. Esta medida busca asegurar que la identidad de las personas trans sea respetada incluso después de su muerte, un derecho fundamental que había sido ignorado hasta ahora.

 

Este avance legislativo en la Ciudad de México es un paso crucial en la lucha contra la violencia de género y la protección de los derechos humanos de las personas trans. Sin embargo, a pesar de este progreso, aún queda un largo camino por recorrer en el resto del país. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ya han instado a que todos los casos de muertes violentas de mujeres trans sean investigados bajo protocolos de feminicidio, y han exigido a los congresos locales que implementen medidas similares para garantizar la justicia en todo el territorio nacional.

 

“La Ley Paola Buenrostro es un hito, pero no es el final de nuestra lucha. Continuaremos presionando para que todos los estados adopten legislaciones similares y para que ningún crimen de odio quede impune en México”, afirmó la representante de una organización de derechos trans.

SCJN declara inconstitucional la enseñanza del “derecho a la vida” desde la concepción en escuelas de Nuevo León

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucional la enseñanza en escuelas de que el “derecho a la vida” comienza desde la concepción.

Esta resolución surge a partir de un recurso promovido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra el artículo 7, fracción XII de la Ley de Educación del Estado de Nuevo León, el cual establecía que el “derecho a la vida” se extiende “desde la concepción hasta la muerte natural”.

La disposición que fue publicada en el Periódico Oficial de la entidad en julio de 2020, la SCJN, en una decisión unánime, consideró que esta enseñanza constituye un “adoctrinamiento religioso” y es contraria al artículo 3 de la Constitución, que garantiza la educación laica y la libertad de creencias.

Los ministros del Pleno determinaron que el Congreso de Nuevo León excedió sus facultades al imponer lineamientos educativos que corresponden al Gobierno Federal, y señalaron que la definición de derechos humanos, como el “derecho a la vida”, debe ser uniforme a nivel nacional, sin la interferencia de los congresos estatales.

Propuesta de Claudia Zavala busca ajustar la representación plurinominal en la Cámara de Diputados

La consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), Claudia Zavala, ha presentado una propuesta que plantea modificar la distribución de diputaciones plurinominales en la Cámara de Diputados,

El objetivo es reducir la mayoría calificada que actualmente sostiene el bloque de la Cuarta Transformación (4T), esto implicaría una disminución en la representación de Morena, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido del Trabajo (PT) en el Congreso.

Según el nuevo esquema propuesto, Morena y sus aliados tendrían 317 legisladores, en lugar de los 364 que les corresponderían de acuerdo con el proyecto aprobado el 21 de agosto por la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, en este escenario, Morena contaría con 214 diputaciones, el PVEM con 65 y el PT con 38, lo que dejaría al bloque de la 4T sin la mayoría calificada.

En este contexto, la mayoría de morena y sus aliados sería necesaria para aprobar reformas constitucionales como la reforma al Poder Judicial que propone la elección de ministros, magistrados y jueces por voto popular.

En contraste, la oposición vería incrementada su representación a 181 diputados, superando los 135 que se les había asignado inicialmente, la propuesta de Zavala busca equilibrar la representación en la Cámara para promover una mayor equidad en la toma de decisiones.

Cabe mencionar que esta propuesta solo afecta la distribución en la Cámara de Diputados, en cuanto al Senado, la composición permanece igual, dejando a Morena con 60 senadores, al PVEM con 14, al PT con 9, al PAN con 22, al PRI con 16, a Movimiento Ciudadano con 5 y al PRD con 2.